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CÓRDOBA Rstablecitoiento tipográfico iLa Minerva», Snn Martín, 71 y ' Jl O O I '
ES PROPIEDAD DEL AUTOR
Alirj:lj ii.Lausnere
ADVERTENCIA
Pensé* reducir la obra^ como dije en el Pró- logo, á sólo dos volúmenes: pero al imprimir el segundo,me apercibí de que iba él á resultar de- imisiado grueso, é incómodo, por lo mismo, para manejarlo el lector, y dispuse dividirlo, inclu- yendo en el tercero la época comprendida, entre 1836 y 1852 (tiempo en que gobei'^nó la provÍ7icia don Manuel López con el titulo de gobernador en propiedad}, el Apéndice y dos litografías de las fuentes que durante su administración hizo co?is- fruir el Marqués de Sobre Monte, sacadas de dibu- jos que debo á la galantería del doctor Ramón J. Coreano. Esta división no aumentará el precio de la obra, pues fui de venderse, según mi volun- tad, por el que se hubiera vendido constando so- lamente de dos volúmenes.
Las firmas de hombres que se distinguieron en el tiempo que ahur can los dos últimos tomos, y que en éstos faltan, se encuentran en el prime^^o, porque figuraron tambiém en las épocas á que éd se refiere.
EL AUTOR. Córdoba, setiembre de 1901.
TERCERA SECCIÓN
ÉPOCA DE LOS CAUDILLOS CAPÍTULO XVI
Primer período del gobierno de D. Jaan Bautista Bustos
isao isai
Elección de don Juan Bautista Bustos. — Circular sobre la suble- vación de Árequito. — Laif fuerzas que entraron á Córdoba. — El Cabildo y la Asamblea, — Erróneo juic o contra Mendi- zábal, ^Refuerzos al ejército del Norte, — El coronel Mota Botello, — Bustos y Díaz. — Independencia de la Rioja, — La desorganización. — l^'endencias de reacción, — Delegación del mando en el coronel Bedoya. — Persecución á Ramírez y Carrera. — Muerte de ambos. — Regreso de Bustos. — Intentona revolucionaria. — Complicidad de don José María Paz, — El montonero Felipe Alvarez, — Reforma del arancel eclesiástico. — Primera cjonstitución de Ui provincia,— El Congreso Pro- vincial.— Desacuerdo de éste con el Gobernador, — El Congreso nacional en Córdoba. Su fracaso. — Proyecto de recomj)ensas á los inválidos de la independencia. — El coronel Bedoya.
La Asamblea, que el 18 de marzo de 1820 liabía declarado á la provincia independiente, so- berana y libre, como se ha visto en el capítulo anterior, eligió el 21 del mismo mes gobernador al general Juan Bautista Bustos, que con el ejér-
cito sublevado en Arequitx) ocupaba la ciudad. 0) Este ejército, reducido por la deserción, constaba de dos mil y tantos hombres de las tres armas.
La aspiración inmediata de Bustos al rebe- larse contra la autoridad central estaba satisfecha, pues no era otra que la do "apoderarse de la si- tuación, estableciendo su base de poder en Córdo- ba, y, apoyándose en el federalismo hacer servir á todos los partidos á sus fines políticos y pei'so- nales, sin subordinación á la liga de los caudillos del litoral ni romper del todo con Buenos Aires". (Mitre, //. de BeLgrano^ tomo a*"., pág. 288).
Es verdad que ól dio una especie de mani- fiesto, pretendiendo sincerar su conducta, en una circular á los gobernadores; pero los hechos des- cubrieron después su menguado propósito, dando lugai' á la severidad con quo ha sido tratado por nuestros primeros liistoriadoros. Incluímos en el
(1) Bustos tuvo la desvor^üenza de remitir al doctor Castro la siguiente notn^ que llegó cuando había renunciado: «Habiéndo- me encargado del mando del ejército con e] noble objeto de evitar lu guerra civil entro pueblos hermanos^ como ya se ha verificado con la Provincia de Santa Fé y Ja de Córdoba, pues ya todas las familias hnn vuelto á sus hogares y los prisioneros y patajeros detenidos puestos on libertad; y estando convencido que el origen de los pasados males es la opresión en que se hallan los Pueblos, me veo en la precisión de decir á V. S. que en el acto que reciba éste se digne hacer renuncia del gobierno, depositando el mando en ese ilustre Ayuntamiento, á quien oñcio en esta misma fecha^ para que libremente y sin la menor opresión nombre el Xefe que ha de gobernarla, encargando á V. S. muy en particular no haga el menor desorden en los fon- dos de la Provincia, ni monos alarma alguna que me obligue á deshacerla con la fuerza. — Dios guarde á V. S. muchos aftos.— Quartel General en el paso de Ferreira, Enero 21 de 1820 — Juan Bautista Bustos.
Apéndice esa circular y el oficio que remitió al Cabildo de Buenos Aires, porque enseñan á los mandatarios, que á través deJ tiempo son juzga- dos, no por la agañaza de documentos oficiales aislados, sino por la comparación de éstos con otros que demuestren lo que ejecutaron; sirviendo sólo las palabras en contradicción de los hechos, para destacar el raquitismo moral del impostor.
Como hemos precisado el número de la fiíerza de Bustos, nos parece curioso este detalle de la primera revista verificada al entrar á la ciudad: dos tenientes coroneles de caballería, dos de infan- teiia, un sargento mayor de artillería, dos de ca- ballería, dos de infantería, tres aj'^udantes mayores de caballería, cuatro de infantería, un porta-guión, dos de infantería, cinco capeUanes, un capitán de artillería, diez de caballería, once de infantería, tres tenientes primeros de artillería, diez y siete de caballería, diez y nueve de infantería, tres te- nientes segundos de artillería, veintiuno de infein- tería, cuatro subtenientes de artillería, trece de caballería, veinticinco de infantería, dos cirujanos, un boticai'io, un sangrador, dos maestros mayores de maestranza, un oficial de secretaría, uno de comisaría, ciento setenta y nueve sargentos, dos- cientos cincuenta y cinco cabos, y mil setecientos veintiún soldados 10 f\ del Jefe del E. Mayo7\ co- ronel Heredia al gobernador Díaz, de fecha 4 de febre7'0 de íSSOj.
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La importancia política dol Cabildo desapa- reció con la instalación de la Asamblea, quedan- do reducido su papel á la simple administración de los intereses económicos de la comuna.
La Asamblea estaba presidida por un hombre eminente del partido de Castro: por el señor Car- los del Signo, y era su secretario otro personaje no menos distinguido del mismo partido: el doc- tor Juan Antonio Saráchaga. Tenía sus sesiones en la casa esquina de las actuales calles Entrerríos y Buenos Aires, con frente al Este y al Norte, embargada al español don Francisco Vázquez Ma- ceda. 0)
El señor Díaz había dirigido una circular á los gobiernos de las demás provincias, invitándo- los á proclamar el sistema federal, por el que se habían pronunciado Córdoba y Tucumán. Los go- bernadores de Mendoza y San Juan contestaron favorablemente, sin demora.
El do San Juan entabló con el señor Díaz una correspondencia privada amistosa, que nos ha hecho conocer la injusticia con que Mendizábal ha sido tratado por algunos escritores, en un caso la- mentable. Se le ha atribuido erróneamente el in- fame asesinato de cuatro patriotas.
El señor Zinny dice que los comandantes Se- v^ero Se(iueira, Camilo Benavente, sargento mayor
(1) Debemos observar, que los documentos que comprueban estas afirmaciones, como todas las demás que 8e encuentren en adelante y que no sean expresamente referidas á otra fuente, se hallan en el archivo de la provincia.
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Lucio Salvadores y capitán Juan Bautista Bosso, fueron muertos por orden secreta del jefe de la revolución., (l) Y el señor Hudson afirma que ese crimen raspondía á un plan vil de Mendizdbal. (2) La verdad resalta en la siguiente carta íntima: •* Reservada — Las críticas circunstancias en que me he visto, han impedido que tome la providen- cia que corresponde al atentado cometido por el sargento Catalino Biendicho, que por falta de ofi- ciales lo elevó pro\Tsionahnente á la clase de te- niente. Habiéndolo comisionado para que apre- hendiese con la partida de su mando á los tres jefes Sequeira, Salvadores y Bena vente, que habían fugado con el capitán Bozo en la marcha al des- tierro que por precaución les señaló, tuvo Biendi- cho la osadía do asesinarlos despuós de rendidos, por sólo exercitar el odio español contra los Ame- ricanos, y ha privado á la Nación de cuatro ofi- ciales del mayor mérito. Como el restituir á la tropa á la subordinación no es obra del momento, no habría sido un paso prudente fusilarlo, como merece, para dar una satisfacción á la Nación; y en tanto lo puedo vei'ificar, él introduce el desor- den, y para evitarlo, me ha parecido ponerlo á disposición de V. S , á fin de que lo tenga bien asegurado, mientras formada su causa sufre la pena que merece. El sacarlo de aquí en clase de preso
(1) cHistoria de los Gobernadores de las Proviocias Argen- tinas»^ tomo 3.^ pág. 228.
(2) cRecacrdos Históricos de la Provincia de Gayo», tomo 1/, pág. 344.
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sería un peligro, y he tomado la medida de que vaya escoltando al sargento José Ramón Jardín, elevado también á la clase de teniente, y que per- \ierte el orden talito como el primero, y il quien se servirá V. S. tener igualmente asegurado. An- ticipo á V. S. este aviso, para que cuando ambos lleguen se digne V. S. dar una nueva prueba de su amor al orden. Dios guarde á V. S. muchos
años. — San Juan y Marrso 3 de 1820. — Mariano
«
Mendizábal. — Señor (jobevnador de Córdoba don José Díaz'\
En la nota oficial, de fe di a 1, decía Mendi- zábal á Díaz que con Biondicho, fjor ser de su confianza^ mandaba al preso Jardín, y que con aquel le remitiera la munición que le tenía pedi- da. Mendizábal entregaría abierto el pliego á Bien- dicho, que partiría muy satisfecho do la lealtad de su jefe.
Cuando llegó á Córdoba a\m estaba de go- bernador Díaz; pei'O como éste debía próximamente entregar el mando á Bustos, se limitó á entretener a Biendicho para que no regresara á San Juan.
Recibido Bustos del gobierno, tomó á Bien- dicho y lo remitió á don Francisco del Corro su- cesor de Mendizábal, iX)
(1) He aquí lo que el señor general Mitre, dico sobre el ase- sinato de los oñciales, y el fin del asesino: «La tradición popalar de San Juan señala tres cruces, que se ven aún al borde de una acequia, en el punto llamado Colorados, á una jornada de la ciudad, camino de la cordillera, como el paraje preciso donde fueron sacrifíca-ias aquellas vitimas. Según noticias verbales que ine fueron comunicadas por mi amigo don Domingo de Oro, que l^e encontraba á In sazón en San Juan y que conoció á todos
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En mayo envió á ésto, preso, á Córdoba, el gobovnador Maradona. Recibido en San Javier por el juez pedáneo, lo hizo oonducir á la ca- pital con una partida al mando de don Mariano Calderón.
En el ti'ánsito, un señor Julián Arcos trató de libertarlo, pero no lo consiguió, siendo, por el contrario, an-estado él y sumariado. Bustos absolvió á Arcos en julio, mandando ponerlo en libertad.
El gobernador de Córdoba, y no el de la Rio- ja como dice Zinny, fué quien mandó á disposi- ción de Güemes á Mendizábal. Y lo hizo así por- (jue Güemes había sido nombrado por San Martín Jefe del Ejército de Observación que debía coope- rar á la expedición sobre Lima.
Hudson también se ha equivocado al decir que Mendizábal, d priacipios ó mediados de No- viembre de 1S21 era hospedado en la cárcel de Mendoza, y conducido poco después á Lima bajo partida de registro.. (Obra citada, tomo 1,®, pá- ginas 461 y 462).
Después de la partida del coronel Alejandro
loB actores de este dramn, Sequeira y sns compaüeros salieron de San Jaan á cargo de una partida de milicias, mandada por don Fabián Carril, primo de Salvadores, con el objeto, por parte de Mendizábal, de garantirlos. En Tu man a, al oriente de Valle Fértil (50 á 60 leguas de San Juan), Carril les dio vuelta para que se dirigieran á Mendoza. El vaqueano, que debía condu- cirlos por el camino de las Lagunas, los abandonó, y extravía- dos tuvieron que regrosar al punto de partida, Tumana, hacienda de don Borja Rúa. Allí estaba el sargento Biendicho, que había salido en su alcance á la cabeza de una partida despachada por Corro, El primero que llegó fué Sequeira, y Biendicho lo derribó de un sablazo; el segundo fué Benavente, seguido por
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Heredia al Norto, de que hacemos mención en el capítulo XV (tomo 1**.), marcharon más fuerzas con el mismo destino, y tanto Díaz como Bustos interpusieron sus empeños con los gobiérneos de otras provincias para (jue enviaran contingentes á Salta. Casi todos contestaron favorablemente.
El gobernador do Buenos Aires, don ^Manuel de vSarratea, manifostú (15 de Abril de i82()j ([ue no le ora posible acceder, "pues la corrompida an- terior Administraci(3n ha tiaído á esta Provincia al estado de la casi absoluta nulidad en que se mira para resistir (|ual(|uicra agi'esitm de enemigos".
El coronel don Feliciano de la Mota Botollo, teniente gobernador do Catamarca, fué uno de los más decididos campeones de la causa nacional: remitió al Perú hombres, caballos, umlas, vacas, monturas, dinero, pólvora, tejidos, trigo y harina. En 1810 residía en Córdoba, y la junta revolucio- naria de Buenos Aires lo nombró comandante ge- neral de armas de Catamarca, de cuyo puesto se recibió en setiembre do aciuel ano. I^ostcriormente fué nombrado teniente gobernador, y desempeñaba
B(/80, y ambos í'uoron inuortos en ol acto, corrieudo igual Buorte SalvadoriíH, que al iiitontur fué ignalineiito ultimado. So dijo entóneos en 8au Juan y Mendoza, ¡[\\o Bicndiclio procedió por instrucciones do Corro. !RIendizábal reprobó ol hecho, y mandó preso á JBiendicho á Córdoba á cargo do Bustos: «(éste os nu error, como so vo por la carta de Meuduábtil á Diaz)^^ á fin de juzgarlo, después. Corro al sustituirse á Mendizábal, lo pidió á Bustos ó hízolo fusilar on la pla/a de San Juan, cre- yéndose con generalidad quo fué para ocultar su compli«:idad on la muerte de los referidos jefes y oficiales», llistoria de Bel" grano, tomo 3.^, pág. \LV8.
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este cargo cuando on agosto de 1821 se declaró Cataniarca provincia independiente y lo reemplazó el gobeniador don Nicolás de Avellaneda y Tula. Mota BotoUo se había anticipado á los estímulos de una circular, <|uc sólo contostó para poner de ma- nifiesto lo que Catamarca había hecho y estaba haciendo.
Si Díaz y Bustos son dignos de censura por la parte que tomaron en la disolución de los po- deres nacionales, no deben desconocerse sus actos de patriotismo concuiientes á la causa de la in- dependencia. Bustos apoyó en Buenos Aires con su voto y con su espada la primera junta revolu- cionaria, y Diaz peiteneció en Córdoba á la que creó la revolución on sus más difíciles momentos.
Los caudillos que ocuparon el gobierno por la fuerza, por la ñierza fueron derribados. Bus- tos, rebelándose contra el veredicto de la repre- sentación provincial en 1825, ^ayó en 1829 al estrépito de las armas, y su sucesor, rodeado de aparato militar, cayó también en los azares de la guerra; Reinafé murió en un cadalso, precipitado por las concupiscencias del mando, y López des- apareció cegado estúpidamente por la ambición do eterno predominio.
El país estaba en descomposición. Para ad- quirir nueva vida, incorporarse, tomar forma y vigor, necesitó largos años. La caída de Rozas, los cambios do gol^ernantes que á ella siguieron on las provincias, las declaraciones de las autori- dades sobre los derechos y garantías del ciudadano, las constituciones escritas, el anhelo univei'sal por
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la organización política definitiva, la propaganda de la prensa, la voz de los parlamentarios, la pe- roración en la tribuna popular, el choque de las ideas en las manifestaciones de una vida de liber- tad, los ataques, los cargos y descargos, todo, en fin, ese cúmulo de sucesos que lógicamente enca- denan la tiranía que termina con el orden y régi- men regular que empieza, todo presenció la Ho- pública. Córdoba pasó por días de angustia: aun en plena era constitucional presenció motines es- candalosos y escenas de pillaje, (jue probaban no estar extinguidos los gérmenes malignos de la desorganización.
Pero se operó, al cabo, plenamente la trans- formación, cumpliéndose la ley ineludible del pro- greso universal.
En a(|uollos tiempos de confusión y desacier- tos, la Rioja se desligó de Córdoba, declarándose provincia independiente el 1.° de. marzo de 1820, manteniendo, no obstante, el sentimiento común de la organización nacional.
El partido que había producido la disolución del Congi'cso quería la unión de las provincias bajo el sistema federal, y casi todos los gobernadores prevalentes después de aquel acontecimiento, pro- movieron la reunión de otro con propósito defi- nido de federalización. Los de (córdoba y Buenos Aires (Bustos y Balcarce) oran los iniciadores y ardientes propagandistas do la idea; pero, por des-
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gracia, el dosquicio revelado en Arequito ninguna cosa buena podía realizar. Hubo un día en que Buenos Aires contó tres gobernadores á la vez (^) á impulsos de aspiraciones ó intereses de ban- dería y en medio de asonadas y disturbios.
Las montoneras recorrían los campos y las villas sembrando el terror y la desolación. Por la inseguridad de los caminos no era posible que los diputados se pusieran en viaje de distintos puntos de la República: Carrera y Ramírez amenazaban tan pronto á Buenos Aires como á las provincias de Cuyo y del centro, con la velocidad del gaucho que sabe atravesar el espacio como un rayo, tre- pado en su corcel.
Don Estanislao López, gobernador de Santa Fe, constituido en montonero también, resistió al principio un avenimiento con el gobernador de Buenos Aires.
. Bustos comisionó en octubre (1820) á los doc- tores Lorenzo, de Villegas y José Saturnino de Allende (presbítero) para que procurasen una re- conciliación entre ambos, encargándoles espresaran insistentemente á estos señores, "que sin una au- toi'idad central y común á todas las Provincias por la instalación de un Congreso, debemos con- siderar éstos en un estado de anarquía y disolu- ción más bien qne en el de una verdadera existencia política, y que la guen-a <|ue desgraciadamente sub-
(1) NuÑEz: «Noticias históricas» pg. 829 y 330 — Mitrr: tH. de BelgraDo», tomo 3.<^, capitulo XLIIE — SaldíaS: «H. de la Confederación Argentina», tomo 1.^ pg. 51.
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sisto, obstruye todoH los modios políticos y comor- cialos de conducir los puel)los al goce apetecido de su felicidad''.
-Rodríguez y López aceptaron la niediaci()n, y la paz se hizo, huyendo don José Miguel CaiTera, que escapó por el momento de caer prisionero do sus enemigos.
Pero ni ól ni Ramírez desistieron do sus pro- pósitos. El 27 de diciembre se dirigió el gober- nador sustituto de liuenos Aíi'es, don Marcos Bal- caree, al gobernador de Córdoba, diciendolo que don Francisco Ramírez (gobernador do Entrorríos), amenazaba invadir la provincia; y pidiAidole la remisión del i'ogimieuto de g)-anaderos, terminaba con estas palabras: "V. S. ha cooperado á la paz sancionada con Santa Fé, mediante Diputados de esa benemérita I^rovincia, y cabría avudar á la nuestra en una guerra con quo es amenazada del modo más escandaloso ó infame". El r(*gimiento pedido por lialcarce ])ort(»necía Ji liuenos Aires: vino á Córdoba de Arequito.
Los tratados celebrados en el Arroyo del Me- dio el 24 de noviembre entre Únenos Aires v San- ta Fe, con la concurroncia de los mediadores de Bustos, disponían ((ue el Congreso (íeneral había de reunirse en C()rdoba, }' ¿i esta cláusula adbirie- ron la mayor parte de las pro\ incias.
La esperanza de la unión do los puobU s so fortilicaba con la rec(Mi(*iliaci<'»n de gobiernos (|ue por sus valiosos elementos podían retardar inde- finidamente la organización nacional: pues anntpie Ramírez y CaiTera permanecían alzados, higiti-
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vos casi, iban á su total ruina, de derrota en de- ,n'ota, por más que obtuWei-an nioiuontáneas ven- tajas.
DeiTotados por López en Santa Fe, penetraron en Córdoba á principios de 1821. Bustos salió de la ciudad á perseguirlos, 3^ la Asamblea nombró á su presidente, el coronel don Francisco de Bedoya, gobernador interino (!.<> do marzo).
Carrera atacó á Bustos en Chaján, pocas leguas al S. O. de Río Cuarto, y lo deiTot(); pero rehecho éste, con la reunión de algunas mi- licias de Calamuchita y tropas legladas de infantería de la capital al mando del comandante Anselmo Acosta, lo venció á su vez en el Sauce.
Con la pcípieña fuerza con que pudo retirarse del campo de la derrota, se dirigió Carrera al Pi- lar buscando la incorporación de líamírez que so hallaba en la villa del Rosario. No avanzó de allí poniendo sitio á la ciudad, como dice el señor Zinny, y repito el doctor López. El error parte de este hecho, piobable monte : " El 3 de junio, entre doce y una del día, se avistó á las inme- diaciones de este Pueblo una partida enemiga de 150 hombres, contra (juien desprendí en el mo- mento otra de la matanza, v sólo doce de éstos ñieron bastantes para rechazará aquellos cobardes, que huyeron vergonzosamente, habiéndoles muerto los nuestros al famoso Leandro Peralta, sin que hubiese sucedido desgracia alguna por nuestra par- te". Este es paira f o de una nota del gobernador Bedoya al comandante de la frontera del Chaco. que venía en marcha con una división auxiliar
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de 400 hombres, y que pocos días después se unió al ejercito do López que perseguía a Haniíroz.
Reunidos los dos caudillos de la montonera, llevaron el 13 de junio un vigoroso ata(|uo á lius- tos, i{\xe astaba situado en (Jruz Alta esperando la incorporación de La Madrid y López. Recha- zados completamentamente, después de llegar tres veces sobre las trincheras mismas del fuerte, se retiraron á Fraile Muerto, en cuyo punto resol- vieron separarse, Carrera en direcci(in á Cuyo y Ramírez en dirección al Norte.
Bustos siguió tras de Carrera, después de una entrevista con López que acababa de llegar al otro lado ,del Carcarañal, y éste se dirigió en persecu- ción de Ramírez.
Al acercai'se Bustos á Río Cuarto supo la derrota de Carrera por ííutiérrez, y regresó inme- diatamente.
El gobernador interino Bedoya, cuando* tuvo conocimiento de que Ramírez pasaba al Norte de la provincia, salió á su encuentro, dejando al ft^ente del gobierno á don Manuel José do O campo. (O
Avellaneda y Tula, gobernador de Catamarca, situó un destacamento en los límites de aquella y esta provincia, al mando del comandante don José Manuel Figueroa, con orden de prestar protección al gobierno de Córdoba contra Ramírez.
(1) Zinny so equivoca diciendo qno quedó do íjobornador don Antonio Gileti, pues ebte jefe do artillería ocupó entonces sola- mente el puesto do mnyor do pln;:a.
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No fué esto necesario, porque Bedoya, en com- binación con tuerzas santafecinas, extemiinó á Ra- mírez.
He aquí el primer parte de esto hecho, que pasó aquel al gobernador de Santa Fó, quien lo recibió en Tros Pozos en marcha sobre Ramírez: '"Las armas combinadas de esta Provincia y la do su mando acaban de triunfar completamente del Supremo Entromano y su Tropa. Por instancia de los bravos santafecinos remito en presente la cabeza del caudillo (^) quien fué muerto en la carga de la vanguardia al mando del teniente de di-a- gones don José Maldonado. El comandante don Juan Luis OiTego, sus oficiales y tropa, se han
(1) Dico Zinny que la cabeza de Ramires lo faé remitida á López envuelta en un cuero de carnero^ y que López se la mandó al Cabildo de Santa Fe, co» orden de que se la hiciese evibalsamarj y, en una jaula de hierro la mandase colocar en la iglesia matriz. El cura de ésta, don Gregorio Aguiar^ no quiso co7isentir en tan salvaje desacato. El Cabildo se limiióf pueSy á hacer embalsamar y colo*:ar dicha cabeza en una jaula de hierro, como lo ordenara Ijópez, guardándola en la casa de gobierno, hasta que al regresar éste á la ciudad, y á invitación del gót>emador de Buenos Aires, don Martin Rodríguez, la mandó enterrar en el cementerio de la Merced. — («Historia de los Go- bernadores», págs. 444 y 445 del 1er. tomo).
— El señor general Mitre dice, que según el doctor Dalmacio Yélez Sársfíeld, testigo presencial, «al pasar por Córdoba López fué visitado en su campamento por muchas personas notables de la ciudad, que salieron á felicitarlo. Las recibió sentado al lado de una pequeña mesa de tijeras^ encima de la cual estaba la ca- beza de Ramírez, y en la que despachaba su correspondencia en o^^mpañia de su Secretario don Juan Francisco Seguí». — (H. de Belgrano, tomo 3°. p. 564).
Esta referencia de un hombre de verdad como el doctor Yélez, no se aviene con estas palabras que pone en boca de López el señor Lassaga, al presentársele la cabeza de Ramírez: ciQuó gran hazaña han hecho ustedes! Pobre Ramírez; he ahí el resultado de la guerra civil! Yo, á pesar de su ambición apreciaba mu- cho á este hombre».— f^. de López, pág. 228.
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portado como verdaderos santafecinos. En cir- cunstancias más desahogadas daró á V. S. parto circunstanciada del detall: por ahora sólo me con- traigo á felicitar á V. S. y á osa benemérita Di- visión por el reciente triunfo. — Dios guarde á V. S. muchos años. — 8an Francisco, Julio 10 de 1821, — Francisco de Bedoya. — Señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe. — V. D. — Me acaban de dar noticia que el comandante Anacióte se halla muerto en el campo por los bravos del trozo de la dore- cha al mando del comandante Orrego". (O
La pro\r¡jicia se vio libre de montoneros, que- dando prisioneros los oficiales de Ramírez capitíín Isidro Aguirre, ayudante Juan Martínez, tenientes José Alegre , Jacinto Palomero , N. Berencho y Manuel Haedo.
Bedoya regresó, y reasumió el mando en el mismo mes de julio.
En setiembre volvió Bustos. Este general, en la persecución á Carrera había marchado con len- titud, porque á más do componerse en su mayor
(1) Tomamos el siguiente curioso detalle de las págs. 5G2 y 563 del 3er. tomo de la Historia de Belgrano: cEl 10 de julio á las siete de la maflana fué alcanzado R^imfrez on San Fran- cisco, ¿ inmediaciones del Rio Seco, y completamente destroza- do se puso en precipitada fuga, acom pairado de su querida doña Delfína y de cinco ó seis soldados que no lo abandonaron en aquel trance. Una partida santafecina lo seguía de cerca y consiguió apoderarse de doña Del fina, á la que despojaron de su casaquilla y su sombrero. A ios gritos que daba su querida, volvió caras el caudillo al fronte de dos de sus soldados, y con- siguió rescatarla; pero al mismo tiemi)0 que ella se ponía ou salvo, un pistoletazo le atravesó el corazón. Se abrazó del pescuezo del caballo, que asustado tomó al galope, y á poca distancia cayó muerto, con la cabo/.a envuelta en su poncho colorado».
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parte su ejército de artillería ó infantería, lo se- guía un sinnúmero de familias, en carretas, que habían abandonado sus hogares por temor á las hordas de Can-era. Este, gracias á tal circunstan- cia, había podido vencer en Río Cuarto al teniente coronel den Bruno Morón, que venía de Mendo- za; pero, avanzando con 500 hombres, mujeres y chusma, se encontró el 31 de agosto, en la Punta del Médano, con el comandante de dicha provincia don José Albino Gutiérrez, 14 ó 15 leguas al sur de San Juan, quien lo derrotó completamente. Una partida de su misma gente lo apresó y entregó en Jocolí, y el 4 de setiembre fué fusilado en la plaza principal de Mendoza.
A su regreso á la ciudad supo Bustos todo cuanto había ocurrido en su ausencia.
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Grande debió ser su desencanto al encontrar enemigos que contaba al partir en el número de sus adeptos.
Aunque desde el principio de su gobierno ha- bía pretendido propiciai-se la voluntad de los ami- gos de Castro, no todos, como dijimos, entraron en sus propósitos. Muchos, muy importantes y de capital político positivo, permanecieron retraídos y se lanzaron cuando creyeron opoi'tuno, unidos con descontentos del mismo partido federal, en el camino de la revolución. Aprovechando la con- fusión producida por la proximidad de Can-era, en la ciudad, en Pocho y en Ischilín iniciaron movi- mientos armados que, aun cuando no tiOnían nin-
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gana relación ó solidaridad con Carrera, pusieron
en mayor peligi'o la existencia del gobierno.
Malde y Corro de la parcialidad de Díaz, con Allende, Patricio, don Lorenzo y don Vicente Mo- yano, y Pinto del círculo de Castro, so aunaron en el empeño común de derrocar á Bustos.
El general Paz refiere que al pasar él á Santia- go por Ischilín, el teniente coronel don Faustino Allende armó algunos hombros, cuya dirección touió.
El gobernador interino Bedoya mandó fuer- zas contra los revolucionarios, que los vencieron y dispersaron, dirigiendo en seguida oficios á los gobiernos de las provincias limítrofes (abril de 1821) para que apresaran á todo indiWduo de Cór- doba que se encontrara sin pasaporto, am espe* cialidad á don Faustino Allende, don José Xavie?' Díaz, teniente coronel don José M^. Paz, don José Patricio, don Vicente Moyano y don Luis Pinto. Malde, don Lorenzo Moyano }'' don (J aspar Coito estaban en la cárcel.
No obstante, en otros puntos permanecían tro- zos armados. El 24 de mayo se acercó uno á la plaza, en número do 300 hombros, (jue fué poi*se- guido, batido y deshecho el mismo día en Caro3^a por el sargonto mayor Manuel Navarro. Don Ra- fael Torres llegó el 26 hasta el Pueblito al frente de 200 individuos, que el comandante Norberto Narvaja, con 80 del escuadrón de la matanza, dis- persó, tomando algunos prisioneros, armas y ca- ballos ensillados.
La aparición del teniente coronel Paz en es- tos sucesos y en tales sitios, debe explicai-se.
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A] marchar Hcredia al Norte en el año an- terior, había sido reemplazado en la Jefatura del Estado Ma3^or por Paz, quien rehusó los despachos de coronel que le extendió Bustos, aporque no se cr^eyese que había en Areqiiiio procedido por in- terés'^ (según él lo dice). Permaneció poco tiempo en esto alto puesto) á consecuencia de haberse descubierto una trama ó conspiración de oficiales para llevarlo al generalato del ejército. Bustos arrestó al teniente coronel Daniel Feíreii^a y otros oficiales, y destituyó á Paz, que obtuvo licencia para retirarse á Calamachita á vi\dr en casa de un pariente.
En aquel departamento se hallaba cuando se sintieron los trabajos - revolucionarios á que nos hemos referido, y el gobernador interino Bedoj^a, hallándose en campaña Bustos contra Carrera, le ordenó que se trasladara al ejército del Perú.
Marchaba Paz en cumplimiento de lo orde- nado, cuando se le presentó en Ischilín el señor Allende. He a(pü cómo naiTa el General lo su- cedido. .. "Estaba yo solo en el punto de la Hi- guera (entonces no existía el depaitamento Cruz del Eje, y pertenecía la Higuera á la Punilla) "estancia do los Vázquez Novoa, cuando cayó de sorpresa una partida de doce ó quince paisanos, al mando de don Faustino Allende, que no traía más objeto que ponerme en libertad, empleando la fuerza si preciso fuera. No filó necesario porque estaba solo, pero lo hecho bastaba para constituir un hecho de rebelión, Yo dejó mi viaje á la Rioja y al Perú, y seguí al señor Allende, que se resti-
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tuyo á su hacienda, Me luaravüló cuando lo vi entregarse tranquilamente alas faenas ordinarias, y le hice presento el peligro que corríamos si no nos armábamos ó nos poníamos en salvo. Entre los vecinos principales so habían hecho algunas prisiones, y el Gobernador Delegado, que manifes- tó uñ carácter férreo, mandó hacer otras, entre ellas la de don í raspar del Corro, cuya hacienda distaba veinte leguas de la que nosotros ocupába- mos. Corro se ocultó en los bosques, y allí empezó á reunir sus parciales, para hacer una formal re- sistencia. Allende creyó entonces que debía hacer lo mismo, y con diez y ocho á veinte do sus peo- nes salimos á buscar la fuerza que reunían Corro y otros.
"De este modo se formó un grupo de cuatro- cientos hombres, sin armas, sin práctica ninguna de la gueiTa y sin esa disposición moral cuya exal- tación se requiere en defecto de la disciplina y otros medios adecuados para vencer. El Gobier- no despachó una división (así la llamare) de dos- cientos hombres do línea, al cargo del comandante don Agustín Díaz Colodroro, cuyas proposiciones pacíficas y racionales se rehusaron por mis jactan- ciosos subalternos (pues debe saberse que me ha- bían dado el mando en jefe), para caer al primer revés en el extremo contrario,
"Pero, ¿para qué fatigarme y fatigar al que esto leyere, con los detalles de esta miserable cam- paña? Me limitaré á decir rápidamente que des- pués de una conida que nos dio Colodrero, se en- tablaron por segunda vez las negociaciones; que
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en ellas se oon\áno que él apoyase y remitiese á la Sala de Representantes una representación que hacían los disidentes contra el Gobernador Dele- gadc», los que consentían en someterse á Bustos, que seguía la campaña contra Carrera; que Bedo- ya mandó á un mayor Catolis á relevar á Colo- drero, á puien puso preso y quiso sujetar á un jui- cio; que Catolis se apoderó también de nuestro negociador, que de buena fe se había trasladado al campo de Colodrero sin saber su separación del mando; y últimamente, que sin anunciar el cese del armisticio nos atacó y nos dispersó completa- mente". (1) (Memoriaii, tom. 1.", págs. 397 y 398). La causa de Díaz Colodrero, de que habla Paz, pasó al auditor de guerra doctor José Dá- maso Xigena, que se excusó por amistad con el en- causado. Al fin se sobreseyó, porque las influencias de los numerosos amigos de Colodrero vencieron á los contrarios. El presidente del tribunal era el co- ronel don José Andrés de Puoyrredón, hermano del ex-director don Juan Martín de PueyíTedón.
(1) £1 general Paz, con mengua de los afectos delicados de la amistad y de la gratitud, pretende ridiculizar un acto de- ca- riño entre don Faustino Allende y su esposa. Con razón ,el se- ñor doctor Vicente Fidel López^ después de transcribir lo que dice al respecto el General agrega: cCnalquiera creería que la ab- negación idolátrica con que el infeliz Allende se había entregado á su servicio, hubiera desarmado la inclinación del General á la sátira y al mordizco, pero al contrario, valia más ridiculizarlo para atenuar al menos el valor de los hechos que, como vamos á ver, eran mucho más series de lo que á él le convenia que se considerasen». — (Historia de la R. Argentina^ tomo 8*. p. 475.)
— El doctor López so estiende en consideraciones para deducir| á nuestro juicio equivocadamente, qne Paz contaba con la coo- peración de Carrera.
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Los insun'ectos habían cometido algunos aten- tados en la campaña. En Pocho, los parciales de don Domingo Maído apresaron y saciuoaron á don José Isasa y don Juan Pastor Vera, huyendo y desbandándose al sabor que el capitán don Juan Manuel de Castro iba sobre ellos, (-astro tomó presos a muchos y los remitió á la ciudad, entro los que se contaba buen número de mujeres. La nota de remisión dirigida al (TcO)ornador decía: "Por las indagaciones hechas á los reos, resultan criminales todas las mujeres que he mandado traer y también despacharé con los demíis i)resos, ga- nados y haciendas que tengan, á disposición de V. E".
Malde fué deportado.
Al Sud, un coronel Felipe Alvarez merodeaba en combinación con Carrera, y en el curato del S''. Abajo, fué el terror de los vecinos. Aquel des- graciado cayó prisionero en la acción de la Punta del Médano, y el gobernador (iodoy Cruz, de Men- doza, lo hizo decapitar, remitiendo la cabeza con nota de fecha 7 de setiembre al gobernador inte- rino de Córdoba, "para que si lo tiene á bien man- de colocarla en Fraile Muerto, lugar de su vecin- dario, para escarmiento de los que hayan seguido su exemplo".
La cabeza fué puesta á la expectación públi- ca en la plaza de Fraile Muerto, sin conocimiento, sin duda, del gobernador propietario liustos, por- que éste pidió en octubre el prisionero á Godoy Cruz, quien le contestó el 19 de dicho mes que había sido ejecutado. En enero do 1822, todavía
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los vecinos de Fraile Muerto veían en su plaza tan repugnante espectáculo. El comandante de ese punto, don Juan Paz, suplicó al Gobernador on oficio de fecha 24, accediera á lo que pedían los deudos de Ah^arez por intermedio suyo; decía: ""El hijo del finado, acompañado de su tío . don Toribio Alvarez y todos los dolientes del finado, me han \dsto y suplicado para que interponga con V. S. todo mi valimiento para que, si le parece, les permita quitar la cabeza de la plaza para darle sepultura, que ya para exemplar basta, y toda esta familia, en particular, está en un grado de cons- ternación que V. S. se puede hacer cargo''.
Bustos ordenó en el acto de recibir la comu- nicación de Paz, que la cabeza de Alvarez fuera entenada on el cementerio del lugar.
Una disposición legislativa de 19 de diciem- bre de 1820 sobre dispensa de derechos panoquia- les á los pobres, ocasionó murmuraciones y críticas contra el gobierno. La Asamblea nombró con fe- cha 4 de enero siguiente (1821) una comisión com- puesta del provisor doctor Manuel Mariano Paz, procurador de ciudad doctor José Norberto de Allende, y don José Vólez, para que propusiera la reforma del arancel eclesiástico. El Provisor y (lobernador del Obispado renunció el nombramiento, diciendo que la aceptación le impediría deliberar sobre actos privativos de su jurisdicción, y se de- signó en su lugar al chantre doctor José Grego- rio Gómez.
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La reforma se proyectó y pasó al P. Ejecu- tivo. Este la elevó á la Asamblea, y después de observaciones y contestaciones entre los diputados, se dispuso que el riobernador pasara un oficio al Provisor, "á fin de que indique su conformidad ó repugnancia respecto del arancel proyectado, agi-egando la expresión de que el ánimo de esta Asamblea no ha sido tocar por sí ni por comisión alguna la jurisdicción eclesiástica, y que devuelva dicho prospecto con todo lo diligenciado para re- solver en conclusión".
Bustos cumplió lo mandado, y el Provisor elu- dió una contestación terminante. Entonces la Asamblea resolvió: "Que el señor Provisor y (Go- bernador del Obispado conteste categóricamente, y á la maj^or brevedad''.
Diez días despuós expuso el Proxnsor exten- samente por oficio (que se encuentra íntegi'o en el Apéndice) las razones en que so fundaba para sos- tener: que La facultad de formar y reforma r aran- celes eclesiásticos, es y ha sido liasta^ aquí pri- vativa de la jurisdicción de la Iglesia, con las modificaciones de interpelación y requerimientos que, sin oponerse á su independencia fraJiquean las Leyes d la Autoridad Secular, en casos de omisión y negligencia. Observaba el nombra- miento de los señores Allende y Vóloz, miembros de la comisión de reforma, porque el primero ora Síndico Procurador de Ciudad, d quien correspon- dióla ó reclamar la reforma del aranzel, ó acep- tarla á nombre del Pueblo, y el segundo es el mis- mo que hizo la moción solicitando rebaja del
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aranzelj y por lo viis^mo 710 debió 7*cputd7'sele con toda aquella imparcialidad sere7ia que exigía el objeto de la comisión.
La Asamblea pasó Ja nota del Provisor á exa- men ó informe de una junta de teólogos, com- puesta de los señores: licenciado Benito Lascano, Fray Pantaleón García, doctor José Gabriel Váz- quez, doctor Estanislao Loarte y doctor José Dá- maso Xigena (eclesiásticos todos, menos el último), con fecha 2 de marzo; pasando el mismo día al frobernador un oficio extenso en el cual sostenía sor de exclusiva competencia de la. Let,islatura el imponer contribuciones, extenderlas ó moderar^ U(s, según las ci7^cimsta7icias; siendo fuera de toda duda, que estos derechos parroquiales son U7ia. efectiva y real contribución. Contenía el oficio los siguientes párrafos: "La incredulidad, que por todas partes se comunica, no quiere otra cosa sino ver la potestad eclesiástica encontrada con la civil: es preciso no dar motivo á los enemigos de la Iglesia para que repitan lo que han dicho tantas veces. — Que Roma era. intratable^ y que tiene su espíritu de dominaciÓ7i, peligroso para los demás Estados. Quando es inconcuso, que no tiene sino una administración puramente espiritual en los Reinos Católicos, y su autoridad temporal no exis- te sino en quanto al Estado Eclesiástico, y aun esto es por concesión de los Soberanos"... "La devoción poco ilustrada, y que por nuestra des- gracia está demasiado en uso, intenta hacer par- cial de sus preocupaciones á la Iglesia y hacer creer que no se puede llegar al interés sin ofen-
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der la esencia uiisma de la Religión. Mientras que, al contrario, ella no debe afianzarse en ri- quezas perecederas ni en honores temporales. »Si al moderar un derecho se hubiera do adulterar un dogma, ó pervertir un punto de moral, sin duda en este caso sería preciso perecer. Pero después que un casamiento valga doce pesos, por exemplo, la Iglesia enseñará unas mismas verda- des, la Iglesia permanecerá firme. Las órdenes religiosas no han recibido por herencia suya osfcos derechos: si llegaran á abolirse todos en el día, sería sin duda una gran pérdida, poro no por eso sería la Iglesia de Josu-Christo monos Santa, mo- nos Apostólica ni menos respetable".
La junta do teólogos se expidió con techa 9 de marzo, "reconociendo el arreglo y pulso cir- cunspecto con que la Honorable Asamblea ha marcado sus doliboracionos en osto negocio, y (in conseqüeucia (juedó íixada la resolución do los Vo- cales". Firmaron todos ellos, ostii resolución, y la comunicaron á la Asamblea. Ksta la aceptó el día 13, y pasada al gobernador Bedoya, fué in- mediatamente publicada, y promulgado el nuevo arancel, 0)
El 28 de setiembre del año anterior, do 1820, la Asamblea había nombrado en comisión á los
(1) No aparece en el Apéndice el arancel, porque está trunco en el archivo, y porque hasta cierto punto careíío de importancia como documento de comparación ó elemento do estudio sociolú» gico.
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doctores José rírcgorio BaigOni (clérigo) y José Norberto de Allende para la redacción del Regla- mento Provisorio ó constitución política de la pro- \áncia. Los comisionados presentaron su trabajo el 11 de enero (1821) que \nsto y discutido en va- rias sesiones, filó sancionado el 5 de febrero y promulgado el 20. (^)
P]ste lieylamrn/o, verdadero código constitu- cional, rigió durante 20 años. Sus principios fim- damentales subsisten aún, consagrando asi el tiem- po y las generaciones su bondad y aplicación en el régimen político de los pueblos libres. Si es- tando él en vigencia hubo gobiernos tiránicos y bárbaros, culpa no filó de su espíritu ni de su le- tra, sino de las ambiciones de los hombres. Al ponoi^se él en práctica, ya Bustos fingió no enten- der bien una do sus disposiciones: aquella que fi- jaba en cuatro anos el período de gobierno, y con- sultó si entre éstos debía comprenderse el que iba corrido. La Asamblea, naturalmente condescen- diente y amable con el gobernante como casi to- das las asambleas, contestóle que los cuatro años debían contarse^ desde el día de la promulgación del Reglamento. Un artículo de éste decía que la elección del gobernador esfaha ya hecha, legali- zando así la continuación del que estaba en ejer- cicio. Las interpretaciones se sucedieron después de disuelta la convención, siempre en sentido favorable á la acumulación de facultades en el
(1) £1 Reglamento se registra en las págs. 465 á 487 del ler. tomo (2». edición} de la cCompilación», con fecha equivocada.
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poder que disponía de la tuerza. El pueblo empezó á sentir el des potismo, y ocurrieron hechos ver- gonzosos, como lo veremos más adelante.
El Conr/reso Pr'ovuiciaL qiie reemplazó á la Asamblea, con facultades constituyentes también, se instaló el 11 de mayo. Lo componían cinco miem- bros titulares y cinco suplentes: el doctor José Eu- genio del Portillo, doctor José Norberto Allende, licenciado Bonito Lascano, doctor Sixto de Ville- gas, doctcir Marcelino Tissora, doctor José Anto- nio Ortiz del Valle, doctor Josó Roque Sa vid, don Josó Lascano, don José Vólez y don Andrés Oliva. La elección se había hecho de acuerdo con el ar- tículo 10 del capítulo 10 del Reglamento, con arre- glo al censo" do 1815, en la proporción de im di- putado por cada 12.000 habitantes.
Tros meses después las relaciones del Congre- so con el gobernador interino Bedoya no oran cor- diales, por haber éste pretendido avocai'se el cono- miento do una causa (pie afectaba las inmunidades del diputado Lascano. Bustos, partícipe de Jas ideas do su sustituto Bedoya, mantuvo el desacuerdo con el tV)ngreso. Sometióle el 30 de octubre un proyecto de ley rebajando los sueldos de los em- pleados do la administración, fundándose en la si- tuación precaria del tesoro, y, en vez de aceptarlo, dispuso, aumentando los gastos, que cada uno de los diputados peicibiera anualmente una dieta do 500 pesos, de acuerdo con la prescripcínn del Re- gla7nenío que mandaba que los .&err¿c¿OR de los diputados fueran remunerados por las arcas del Estado^ retrotrayendo los efectos de esta disposi-
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ción á la fecha de la instalación del cuerpo, es decir, al 11 de mayo.
El Gobernador se vio en apuros para satisfa- cer el nuevo gasto; 'pues cada mes estaba haciendo un desembolso do 4.500 pesos, solamente en la ma- nutención del ejército, sin contar los sueldos deje- íes, oficiales, clases y soldados, que quedaban para mejor oportunidad. Pidió por medio de su Minis- tro, modificación de lo sancionado, en el sentido de no darle fuerza retroactiva; pero se le contestó lo siguiente: "Excmo. Señor: Muy antes de oir al Ministro Secretario la exposición verbal que en calidad de comisionado por V. E. ha dicho al Con- greso, ya estaba la Sala bien penetrada de las gra- v^ísimas urgencias que oprimían al Estado. Con- vencida, es que asignó por dotación la exigua cantidad de quinientos pesos por año á cada uno de lo3 Vocales, en remuneración de sus servicios. V. E, no ignora los compromisos y responsabilida- des de toda clase á que esbán sujetos los que tie- nen la desgracia de mandar, y que quanto menor es el número de los que representan la Provincia, tanto mayor es el peso de los negocios que gravi- tan sobre los mismos que han de promoverlos, me- ditarlos y decidii'los. ¡Ojalá que una triste expe- riencia no hubiera caracterizado de irresistible esta verdad! — Tampoco puede ocultarse al conocimiento de V. E., que las asiduas contracciones de este cuerpo no se desempeñan por formularios que sólo exigen corto tiempo para saberlos imitar sin te- mor de perder la senda de la enseñanza.
"Cualquiera que hubiese hecho aquella asig-
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nación, habría sin duda obrado con más genero- sidad. No obstante, el ex-sobstituto do V. lí., don Francisco Bedoya, ha querido, según el relato dé la comisión, que sirv^an los individuos del Con- greso sin la lUcás leve recompensa de sus trabajos, que ya el Reglamento supo estimarlos, y sin pro- vocarlos, al menos con su exomplo, A la imitación. Es preciso confesar que los primeros ciudadanos de la Provincia han olvidado por osta vez su alta representación, su existencia misma, y que con- sultando la mayor econoinía en la inversión de los fondos públicos, han rehusado nivelar sus rea- tas á las de mayor cantidad (pío disfrutan de las caxas varios subalternos c^on menos tarcas y menos compromisos.
"V. E. viva firmemente persuadido de (jue sus desvelos por la felicidad de la Provincia los hace suyos este cuerpo; (pie la marcha de sus delibera- ciones irá siempre de acuerdo con las benéficas intenciones de V. E.; y en socorro do los que tienen las armas en las manos para conservar la dignidad y el mejor orden de la Provincia, ha acordado: que p07' lo que respecta d los fres Vocales'' (el subra- yado es del original) "que actualmente sirven la representación de la Provincia, d saber, el señor doctor do7i José Norberto de Allende, // señores Presidente y Secretario que subscriben la presen- te coniunicaciun, corra la asifj/iaciún de sus suel- dos desde el P, de Noviend)re, sin perjuicio del derecho que d todos los demás corresponda. — Li- cenciado Benito Lascano, Presidente. — An^lrés de Oliva, Vocal Secretario". *
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Los diputados don José Lascano y don José Vólez se hallaban ausentes, y posteriormente ad- hirieron al anterior acuerdo. Antes de la sanción de la dieta habían renunciado, y no pertenecían ya al Congreso, los doctores José Eugenio * del Portillo, Sixto de Villegas y José Antonio Ortiz del Valle, y el doctor José Marcelino Tissera ha- bía fallecido.
La sanción quedó subsistente, más no fué ejecutada; y el Congi-eso que la dictó mmió luego, pues el Gobernador lo declaró disuelto, como se verá después, para que se organizara de confor- midad al nuevo censo, sin que le valiera el haber hecho brigadier al dholvente y aumentádolo á 4000 pesos el sueldo de 3000 que tenía.
Estaba convenida por casi todas las provin- cias la reunión de un congreso general en Cór- doba. El Congreso Provincial nombró diputado al doctor José Eugenio del Portillo, reemplazado pocos días más tarde con el doctor José María Bedoya, rector del Colegio de Monserrat, y ratifi- có la asignación del doctor José Dámaso Xigena hecha por la Asamblea. Buenos Aires envió á don Gregorio Gómez y don Teodoro Sánchez de Bustamante; Santa Fe á don Pedro Larrachea; Santiago á don Mateo Saravia y Jáuregui; Tucu- mán á don Miguel Ignacio Suárez y don Nicolás Lagima; San Juan á don Posidio Rojo; Mendoza á don Francisco Delgado; San Luis á don Maree-
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lino Poblet; la Rioja á don Pedro Ignacio de Cas- tro Barros, y Catamarca á don Gregorio Josó González.
Apenas ^empezaron las sesiones, las descon- fianzas entre los diputados aparecieron, aumentan- do y robusteciéndose á medida que las tendencias de predominio local se traslucían.
El 19 de setiembre (1821) el gobierno de Bue- nos Aires, presidido por don Martín llodríguoz, do quien era ministro Rivadavía, comunicó al de Cór- doba que aquella Legislatura había limitado las facultades de sus diputados, creyendo que conve- nía diferir la instalación del Congreso.
A una nota del gobernador de Córdoba, un tanto reticente, á consecuencia de una enti-e\ásta del gobernador de Santa Fe con el de Buenos Ai- res, éste contesta: que "la entrevista y todas las medidas que fueron consiguientes á ella, no tuvie- ron más objeto que el de la paz con la Provincia de EntreRíos". Y agrega: "Hasta ahora no so ha conseguido ni un efecto digno ni contestación oficial que merezca comunicai'se. Yo no hubiera omitido hacerlo quando fuese oportuno. Esta oca- sión me impone el deber de declarar á V. S. que nada hay ni habrá de oculto en la marcha de esto Gobierno y que no adquiera mayor lustre en su publicación".
No obstante tan corteses palabras, con la mis- ma fecha quedaban limitadas así las facultados do los diputados de Buenos Aires: "1.® Fijar la pro- porción de la población que deba reglar el nom- bramiento de cada uno de los Representantes en
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el Congreso General. 2.^ Que adopten y publi- quen un método de elecciones que sirva en todas las Provincias para el nombramiento de dichos Re- presentantes. 3.^ Que designen el lugar donde de- ben reunirse aquellos, quando sean invitadas las Pro\áncias para concuiiir con sus respectivas repre- sentaciones para fixar el en que deba instalarse el Congi'eso General. 4.^ Que elijan y recomienden á uno de los Gobiernos de las Provincias libres, para que éste, á medida que las del Alto Perú se pongan hábiles, las invite á que concurran por medio de los Diputados correspondientes, al Con- greso, }'- para que el dicho Gobierno, llegado aquel caso, dó todas las pro\Hdencias oportunas para que se realice la apertura ó instalación de dicho Con- greso General".
En la comunicación del gobernador Rodrí- guez se halla este expresivo párrafo: "Entretanto, pues, no puedo menos este Gobierno que tomarse la libertad de rogar á V. S. como lo hace con esta misma fecha á los S.S. Gobernadores de las demás Provincias, quiera consagi*ar todos sus es- ñierzos al arreylo inferior de la de su mando: á formar y sistemar las rentas publicas, á soste- ner una autoridad representativa que reúna los espíritus, establezca la armonía, y, en suma, que ordene una administración legal y justa que haga sentir á ese benemérito pueblo las Aventajas 'reales, que no ha logrado, pero que fueron el grande y linico objeto que tuvo, como todos, al emprender la caiTera espinosa de la revolución. Buenos Ai- res ha adoptado una marcha semejante^ y le se-
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ría muy lisonjero verla entablada también por la provincia de Coi'dobd".
En ol nios de octubre comisionaba especial- mente el señor Rodinguez á los señores Matías Patrón, Juan Cixiz Várela, Justo García Valdez y Teodoro Sánchez de Bustamante, para proponer al gobernador de Córdoba un acuerdo tendente á la re(/ularizacidn de los servicios postales de la carrera de JujuL Era natural que los comisio- nados fueran recibidos con frialdad, desde que se procedía bajo la mala impresión de (jue Buenos Aires obstaculizaba la organización nacional.
En noviembre nombraba Bustos diputado cer- ca del gobierno de Chile al doctor José Roque Savid, con estos objetos: "i.** Felicitarlo por los repetidos triunfos de las armas de la patria. 2.® Manifestarle la imposibilidad de auxiliar como hubiera deseado al ejército del Perú, por no existir una autoridad central, por la anarquía que reinaba en algunas provincias, y por la falta de recui-sos para impor* tar fuerzas y rehacerlas en caso de contrastes, á causa de las erogaciones y esfiíerzos de todo gé- nero hechos por Córdoba en la guerra conti'a Ca- rrera. 3."* Instruirlo do que la no realización del Congreso (íeneral, á posar del conato de esta Pro- vincia, es obra del (jobierno de Buenos Aires'\ El señor Savid debía por fin, entablar relaciones de estrecha alianza, paz y armonía con aquel (fo- bierno; observando en los pueblos del tránsito el sistema de administración y objetos de gabinete, "dando cuenta á ésto instruidamente por si hay que tomar algimas medidas".
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El gobierno de Buenos Aires pretendía, jui- ciosamente, la postergación del Congreso por otro motivo, á más de los expuestos, que no insinuaba por no herir susceptibilidades.
El Norte de la república ardía en la guerra civil, y en el gobierno se sucedían partidos anta- gónicos que recíprocamente hacían y deshacían las cosas, sin otro criterio que el interés de cada uno de ellos, dominados todos por la pasión políti- ca. La representación de tales provincias no po- día, pues, tener autoridad suficiente en el Congreso,* ni la estabilidad necesaria para desempeñar con firmeza su mandato.
El mismo gobierno de Córdoba había comisio- nado en marzo al doctor Jqsó Andrés Pacheco de Meló, cura y vicario do Tupiza, accidentalmente en Córdoba, para que procurase un arreglo entre los gobernadores de Catamarca, Santiago, Tucu- mán y Salta, que estaban peleándose.
Pacheco marchó »sin demora á desempeñar su misión, y desde el Pozo del Tigre dirigió el 17 de dicho mes al gobernador de Santiago una nota, expresándole el objeto de su viaje y pidiéndole suspensión de hostilidades y designación del lugar al cual podi'ían concurrir los beligerantes, en donde manifestaría ampliamente los votos de la provincia de Córdoba. Le rogaba asimismo que hi<*iera lle- gar esta invitación á los demás Gobiernos.
El gobernador delegado de Ibarra (estaba éste en campaña), don Pedi-o Pablo Cíorostiaga, contestó que por su parte aceptaba la mediación, pero sin suspender las hostilidades; que el punto
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de reunión do los emisarios de paz podía ser la ciudad de Santiago, garantizándose debidamente el tránsito de ellos, y que el señor comisionado de Córdoba procurase hacer llegar directamente la in- vitación á Cataniarca, Tucumán y Salta.- Al mis- mo tiempo le negaba permitió paini pasar perso- 7iabne7ite adelante.
Paoheco escribió al gobernador don Bernabé Aráoz, quien le contestó en sentido favorable, re- prochando la conducta del gobierno de Santiago, que obstaculizaba, decía, todo arreglo pacífico. Y así parecía, en verdad, pues habiéndose dirigido Pacheco á IbaiTa, ésto le contestó desde el cam- pamento, que el (jobernador en ejercicio era Go- rostiaga. ¡Y Gorostiaga tenía á Pacheco enco- iTado en la ciudad!
Al cabo de un mes pudo pasar á Tucumán; pero ya habían tenido lugar choques sangrientos que volvían casi iniposiblo la conciliación. Sin em- bargo, habiendo taml)¡én intercedido el gobierno de Buenos Aires, so consiguió que los contendien- tes pactaran lo siguiente: "1.° Cesación do la gue- rra bajo la garantía de Córdoba con respecto al cumplimiento de los pactos. 2.® Devolución recí- proca de los prisioneros. 3." Amnistía amplia para (j[ue todos los emigrados puedan libremente volveí* á sus hogares. 4.° Auxilio nmtuo^ en caso de in- vasión de indios ó de españoles. 5." Deferir al Congreso Nacional las reclamaciones sol)rc5 perjui- cios iiTO gados en la guerra por una provincia á otra. ().^ Envío dentro de un mes de ratificados los tratados, de los diputados al Congreso. 7°.
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Subsistencia de los impuestos establecidos por San- tiago al tráfico de caiTctas, hasta la resolución del Congreso. 8.^ Restablecimiento del libre tránsito. 9.^ Vigilancia de los gobiernos contratantes para que los ciudadanos avecindados en las fronteras no invadan el tenitorio vecino y perjudiquen las propiedades ajenas; 10.^ Solidaridad en la defensa común de la patria. 11.** Remisión de los trata- dos al gobierno do Salta para su aprobación y co- participación consiguiente''.
Este pacto fué firmado en Vinará, lugar de San- tiago, limítrofe con Tucumán, por don Pedro León Gallo diputado por Santiago, y don José Andrés Pacheco de Meló diputado mediador por Córdoba. El 8 lo ratificó el gobierno de Tucumán, y el 12 el de Santiago.
Como se ve, uno de los artículos del conve- nio disponía que éste debía ser sometido á la ra- tificación del gobierno de Salta. La opinión del gobernador Güemes era favorable á la paz. Pa- checo había tenido con él una entrevista, sobre la que escribió una carta al gobernador de Cór- doba el 9 de mayo, que contenía este páirafo: "Le anunció á V. mi pronta marcha á verme con el general Güemes en desempeño de mi comisión. Lo verifiqué el día 6, y á mi llegada tuve la gran satisfacción de encontrar una extraordinaria doci- lidad en mi antiguo amigo y condiscípulo, en tér- minos, que me aseguró que yo hiciera la paz en los términos que á mí me agradara, con tal de pro- pender á que de algún modo se le auxilie con algo, para subir al Perú, de lo perteneciente al exórcito".
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Desgraciadamente, por estos iiiisnios días de los tratados moría el patriota früomes al golpe del común enemigo, en la confusión y algarabía de la guerra civil.
He aquí cómo dascribe esa muerte el señor general Mitre en las páginas 572, 673 y 574 del tomo 3\ de la Historia de BeUjrano: .
"Güemes había establecido su campamento á una legua de distancia de Salta" (so defendía do una revolución (pie había estallado contra su go- bierno). *'A1 anochecer (7 do junio) finemos en- tró á la ciudad con una escolta do cincuenta hombres y se alojó en la casa de su ninfa Ejeria, su hermana la bella doña Magdalena, la cual dis- taba pocas cuadras de la plaza principal.
*'Era cerca de la media nocho. La- escolta estaba formada con el caballo de la rienda, á la puerta de la casa. El velaba con su secretario y escribientes, ocupado en reorganizar su nulqqina tle guerra y de gobierno personal, casi desmon- tada por los embates de sus enemigos intei^ioros. Había despachado uno de sus ayudantes con una comisión, el cual tenía que atravesar la plaza para desempeñarla. A este tiempo se oyeron algunos tiros en esa dirección. El ayudante, al llegar á la plaza habia sido detenido por un enérgico ¿quien vive?^ y á su contestación ¡La patria! recibió una descarga casi á (piema ropa, fiüemes, que tenía su caballo ensillado en el patio de la casa, montó rápidamente, y creyendo (pie fuese algún movi- miento do sus enemigos internos, se dirigió al ga- lope al lugar del fuego.
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"La nocho era nuiy obscura. A media cua- dra de la plaza fué requerido por xxn ¿quien vire?, . y á su contestación ¡la paf ?'i a Irecihió otra descarga, más nutiida que la anterior. Al huii' por una calle lateral, una partida que venía en sentido opuesto, le hizo ima tercera descarga, y lo hirió por la espalda, en momentos en que él, echado sobro el pescuezo del caballo presentaba á las ba- las enemigas toda la parte posterior de su cuerpo. Aunque gi'avemente herido, no perdió la silla, y así, abrazado á su caballo salió al campo de la Cruz, por la calle de Florida al Norte, de donde fué conducido al campamento de sus fuerzas, si- tuadas en el Chamical, á cuatro leguas al Sudeste de Salta.
^'He aquí lo que había sucedido. El general Olañeta, simulando una retirada desde las posicio- nes fi-onterizas que ocupaba, había confiado á su teniente el coronel don José María Valdés (cono- cido por el Barba rucho) una división de 400 á 500 hombres, con orden de dirigirse por el camino del Despoblado y deseen d 01* por las fragosas cuestas de Loser y Yacones, á fin de atacar á früemes en el oentro de su poder. Luego que esta división luibo emprendido su marcha, Olañeta volvió sobre sus pasos, y á la cabeza de 1000 hombres penetró si- gilosamente por la Quebrada de Humahuaca. Mien- tras tanto, el Barharucho guiado por indios prácticos del terreno, y acompañado por algunos emigrados sáltenos, cruzaba la altiplanicie del Despoblado, se emboscaba el día 7 de junio en la escabrosa sieiTa de los Yacones, donde el reflejo de sus fusiles hu-
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bo de traicionarlo, y en la noche descendía al valle arrastrándose por un despeñadero que lo condujo como á 2 leguas de la ciudad de Salta, á la que entró sin sor sentido, posesionándose en si- lencio de la plaza principal
«
El 17 de junio murió (jüemes en el bosque do la Cruz, en el punto denominado La HUjuera^ á la sombra de un cebil colorado, y al día siguiente fué sepultado en la capilla del Chamical, hoy San Francisco'*.
Este fatal acontecimiento, y la infidencia de TbaiTa, que continuó fomentando las turbulencias en Tucumán, hicieron fracasar el pacto garanti- zado por Córdoba. S¿ G nemes cometió (jratides errores^ como dice el general Paz, huh ene m i (j oh domésticos (según el mismo) ?ios fuerzan d correr un celo sobre ellos para no cer sino al caínpeón de nuestra libertad política, al fiel soldado de la independencia y al mártir de La patria.
En medio de tales trastornos ¿cómo podían aquellas provincias estar debidamente representa- das en el Congreso? A la disolución de óste, y cuando los diputados empezaban á regi'esar á sus hogares, ocurrieron hechos que comprobaron la in- seguridad no sólo de su gestión sino hasta la de sus propias personas.
El diputado por Tucumán don Miguel Igna- cio Suárez filó atacado y sa (picado en las Piedri- tas por mía partida del ex gobernador de dicha provincia don Abraham González. Este filé dete- nido por el comandante de Río Soco don Juan
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Bautista Gorordo, á quien comunicó Suároz ol he- cho. Bustos ordenó que quedara preso González en el Chañar hasta que se reuniera á su famiüa que debía pasar á Buenos Aires. ¡Y Suárez ha- bía sido fervoroso devoto de González!
¿Cómo y hasta dónde podrían ser representa- das aquellas provincias en el Congreso?
Este cuerpo murió nonato.
Al terminar el año de 1821, el doctor Fran- cisco Ignacio Bustos presentó al Gobernador un proyecto de carácter nacional que no era para aquellas circunstancias, y que por es€ no tuvo re- sultado. Con el título de ReglomrnlOj se refería él á donaciones y recompensas á los inválidos de la guen-a de la Independencia, cuyos principales artículos disponían: que los que quisieran estable- cerse en la campaña, serian acreedores á una suer- te de tíen*a, cuyo producto sería igual al monto del sueldo de retiro; que la ubicación de las suer- tes se haría en el territorio del Río Quinto, bajo la protección de un seguro destacamento; que los agraciados estarían obligados á cultivar las tierras que se les distribuj^eran, y á concurrir á la defensa de la fi-ontera donde se radicaran; que las tierras donadas no podrían enagenar^^e; que el inválido que se casara con mujer Piamontesa, tendría do- ble porción de tierra; que quedaba abolida toda pensión do numerario á favor de inválidos.
Cerramos este capítulo con una Ugera noticia
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concemiento al coronel don Francisco do Bedoya, que tan culminante papel desempeña en él.
El señor Bedoya se recibió de la comandancia de la fi^ontera del Norte el 11 de agosto de 1814, con asiento en la villa de Río Seco.
Existían alli dos compañías de milicias, que licenció inmediatamente de recibirse del cargo, de- jando sólo 12 hombres que se relevaban en el servicio cada 15 días, hasta que pudo, con apro- bación del gobierno, organizar una conipañía do línea. Formó también compañías cívicas para la guarnición del fuerte do San Juan, Caminiaga y Chañar, tomando cada una de ellas la denomi- nación del lugar.
Tuvo la prolijidad de hacer un plano, do co- lores diversos extraídos do sustancias de plantas silvestres, fijando con precisión la topografía del terreno y situación de los fortines, con la siguiente leyenda en el centro: "Plano topográfico de la frontera de Río Seco, por su comandante don Fran- cisco Bedoya". Estaban marcados en él el pueblo de Río Seco, un fortín arruinado, fuerte de San Juan, fuerte de la Candelaria (construido por Be- doya), Saladillo y Puesto de Sánchez. Estos pun- tos fueron guarnecidos por compañías círicas, que en caso de necesidad auxiliaban al fuerte de Abi- pones.
Los recursos que se enviaban al ejército do la patria se concentraban en Río Seco, y do allí se hacían remesas de caballos, muías, dinero y ar- mas, hasta 1818, según las exigencias de la gue- rra. Era aquella una especie de parque y provee-
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diiría, que sólo debió confiarse aun hombre activo, patriota y do especiales facultades como Bedoya.
Continuamente recibía del Norte prisioneros españoles, que distribuía en los inertes, "para evi- tar el consumo de varias reses diarias entre gente inútil y que podia, reunida, llegar á ser peligrosa". Y tenía razón: algimos que consiguieron venir á la ciudad se plegaron al anarquista Bulnes en 1816, de los cuales fueron remitidos y fusilados en Bue- nos Aires los oficiales don Cayetano Elias Fernán- dez y don Antonio de la Quintana.
El 8 de mayo de 1817 marchó de Río Seco con 380 hombres al Chaco, llegando á una dis- tancia de 160 leguas, y regresando á pesar* suyo en junio, porque así se lo ordenó el jefe de la expe- dición coronel Heredia (que concurría del Norte) á quien se había incorporado por disposición del gobernador Castro. Esta incursión la hizo después de haber cooperado con Sayos á la reposición del gobernador Funes y dispersión completa de las fiíerzas de Bulnes, aprovechando la disciplina y buen espíritu de las milicias que trajo á la capital con aquel objeto.
La compañía destacada en el ñierte de la Candelaria, fue mantenida por Bedoya durante los meses de noviembre y diciembre de 1816 y enero de 1817, de su peculio particular, dando á los soldados canie, yerba y tabaco, y pagando el sueldo de un oficial.
A mediados de octubre de 1818 marchó á Fraile Muerto á incorporai-se á Bustos, que era ase- diado por los montoneros, con 400 hombres, per-
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mancciondo con ól hasta la llegada do todo el ejército del Peni. Cuando volvió á Río Seco, en febrero de 1819, hizo perseguir á los que habían desertado, pero habiéndosele presentado voluntaria- mente algunos, brindándose á recibir el castigo f/ne merecieran, los indultó, extendiendo la gracia á aquellos que hasta entonces no se hubieran pre- sentado.
El gobernador que reemplazó al doctor Castro en enero de 1820, reemplazó á Bedoya en Río Seco con el sargento mayor don Esteban Chaves, tras- ladándose el coronel Bedoya á la ciudad y fijando en ella su residencia.
En 22 de diciembre do 1814 había empezado ¿figurar en las listas militaros, como comandante de milicias de Córdoba. (O El 21 de diciembre de 1815 aparece con el grado de capitán de ejrrcilo^ y con el de coro7ielél 18 do setiembre de 1818. (2>
No sabemos cuándo se alejó de Córdoba; (^) poro en las turbulencias de las provincias del Norte, lo encontramos en 1826 y 1827 del lado del bene- mérito general Arenales, muriendo como un héroe por sostener su autoridad.
He aquí lo (pío dico el señor Zinny sobro este hecho desgraciado: "El 7 do febrero (1827) filé ocupado el pueblo do Chicoana, á diez leguas de KSalta, por la diNÍsión do Bedoya, la cual desdo el
(1) «Registro Nacionftl», tomo I'., pág. 623.
(2) Ibid. pAgs. 625 y 637.
(3) Sirvió á BuBtoa do ministro hasta eooro de 1825, como bq verá en el capitulo XVII.
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Valle de Guachipas había estado sufriendo un fuerte tiroteo por el escuadrón de aquel partido. En el mismo día, reunidas todas las fuerzas de Gorriti sitiaron á Bedoya, cerrándole todas las vías ó in- timándole rendición hasta por torcera vez. Este no quiso prestarse á capitular, por las promesas de Arenales de <iuo le había de remitir auxilios luego que pisase las llanm'aíj de la provincia; pero no lo tuvo ni de un solo hombre, pues tampoco podía esperarlo desde que estaba con\ailsionada toda la provincia. A la resistencia de Bedo3'a si- guió una carga formidable, que á pesar de haberla resistido en cuadro, con denuedo, ftié completa- mente derrotada la división tucumana. De los he- roicos defensores de Chicoana salvó uno solo, (i) cuj^o nombre sentimos no tener presento para perpetuarlo como glorioso recuerdo de aquel sangriento drama, fruto de la guerra civü. Los dos jefes principa- les, Bedoya y Magán, perecieron en la contienda".
Los sitiados eran 60, y los sitiadores pasaban de 800.
El Coronel era hijo de don Vicente Antonio Bedoj^a y doña María Isabel Gigona hermana del doctor José Dámaso Gigena. Eran hermanos su- yos los doctores José María y Elias Bedoya, que tan distinguido papel desempeñaron en la política argentina. Contrajo matrimonio en Río Seco, de (ídad de 32 años, en 1818, con doña Desideria Me-
(1) La Madrid dice que salvaron 16 ó 20 hombres^ heridos los md9. «Momorías»! tomo 1^., p¿g. 322.
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dina que tenia 16. De este matrimonio nació el doctor Ensebio del Carmen Bedoya, presbítero, que mmió el 22 de diciembre de 1864 siendo rector del colegio do Monsorrat. (í)
(1) Estos últimos datos han sido tomados de los libros de la curia eclesiáRtion.
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CAPITULO XVII
Terminación del pr¡rr\er periodo del goberi\ador Bustos
16SS ~ 188S
El Correo, — Impuestos y recaudación, — Qestiones para el reco- nocimiento de gastos de carácter nacional y reunión de U7i congreso general,— Nuevo censo y disolución de la Legisla ttira, — Reapertura de escuelas.— Movimiento de tesoi'eria en 1823,— Poltiira nicderada de Bustos. — Refwma universitaria» — Medidas adminixírativas. — Misión del doctor Zavakta, — Tráfico con los indios. — Publicaciones, — Contingente al ejér- cito del Perú, — Elección de diputados nacionales, previa inS' lalación de la nueva Legislatura de la provincia, — Reconocí^ miento del Congreso General Constituyente, — Laboi' de 1824, — Supresión de los Cabildos. — Ambición de Bustos, — La usur- pación de éste. Intervención del Congreso. Bustos la recha- za y se hace reelegir gobernador, volviendo á disolver la Ijfgislatura. — Grt^goino de las lleras y Bustos.
La misión especial de los señores Rojo, Vare- la y Sánchez, tri \'ial al parecer, so explica como ne- cesaria si so tienen en cuenta los ft-ecuentes asaltos contra los conductores de la correspondencia y la criminal negligencia de éstos, que llegaba al pun- to de tirar paquetes y valijas en cualquier parte del camino. El gobernador de Mendoza, don Pe- (b'o Molina, adoptó en febrero de 1822 medidas enérgicas para regularizar el servicio, pues que, en
— Bo- nn ano, decía al gobe^ador de Córdoba, se había extraviado la mitad de la> correspondencia qur conducían los conreos.
Este hecho era efecto no sólo de la guerra de montonera que acababa de teni linar, sino también de la indiferencia de las autoridades.
Bustos, coadyuvando á los propósitos de Moli- na, estableció Im acortado plan de adiuinistración de coiTeos, reglamentando sus servicios bajo la in- mediata responsabilidad del administrador don José de Paz, quien obligó á los maestros de posta á hacer circular la correspondencia sin demora, ex- tendiendo un recibo minucioso del estado en que la recibían, de los paquetes ó piezas <jue las con- tenían, y hasta de los rótulos de cada uno. Esta razm, como so la llamaba, se remitía á la admi- nistración con los recibos correspondientes, incluso el de la última posta de jurisdicción de la pro- vincia.
Tales disposiciones fueron sin duda eficaces, porque nadie se quejó más en asunto tan delicado.
"El correo, como institución permanente é inalterable, llenando con conciencia su destino, pi'e- supone una elevada cultura do ideas, pleno cono- cimiento de los principiqs sagitados (jue lo ampa- i»an, progreso en los factores materiales que lo sirven,y amplios recursos en el Estado que lo esta- blece, sustenta, vigila y cstinuila su desarrollo. (O
(1) Cárcako. —«Historia de los medios do comiinicacWn y trantiporte en 1a RepúblicA Argentina», tomo 1^, pág. 289.
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Demasiado se hizo entonces, en medio del des- quicio general.
El Congreso Provincial reformó las le3''es de impuestos, aumentando la renta y simplificando su recaudación. El 21 de enero (1822) estableció: 1.® Por almacenaje de aduana por efectos de trán- sito á otras provincias, un real cada fardo; 2." Artículos introducidos del extranjero por el comer- cio de plaza, ocho por ciento: S.^ Efectos y fru- tos de las provincias, cuatro por ciento: todo según tarifa de aduana; 4.* Doble derecho los simila- res de la producción ó industria de la provincia, como. eL tabaco, las baquetas^, los becerros^ los cordobanes^ etc.; 6.^ Alcabala, dos por ciento, exceptuándose del impuesto las enagenaciones de bienes . muebles y semovientes; 6.® Seis pe- sos cada carga de aguardiente, y uno por cada tercio de yerba; 7.o Cada cuero de animal vacuno de exportación, medio real, para el fondo de dipu- tados. Quedaban libres de derechos los instrumen- tos de labranza, maderas de construcción, libros, di'ogas, máquinas do manufacturas, "y otras que faciliten el trabajo tanto á los labradores como á los artesanos". Las tiendas pagarían cuarenta pe- sos de patento, los almacenes veinticinco, y las pul- perías quince.
El gobierno empezó á preocupai-se, libre ya de las atenciones de la guerra, del acrecentamiento del tesoro y de la regularización del crédito de la provincia. El ejército le imponía gastos con-
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siclerables, y como ontendiora que olios oran de carácter nacional, gestionó el reconocimiento de los demás gobiernos en la proporción correspon- diente á cada uno.
En abril encargó á don Mariano Fragueiro para que representase al de Buenos Aires loa (lerecliOH de la tesorería de la provincia de Córdoba. Estas gestiones no tuvieron resultado, esperándose la reunión de una legislatura nacional (jue dcíbía resolverlas.
El doctor Francisco Ignacio Bustos fué comi- sionado para que en Buenos Aires, reunido á re- presentantes de otras provincias, acordaran con eso gobierno la instalación de un Congreso Constitu- yente. El lugar en (pie éste debía reunirse fué materia de disidencia entre los delegados, y á nada pudo arribarse por entonces, poro la tentativa sii'- vió para acercar á los gobernantes y preparar la ejecución en tiempo no lejano del propósito inicial.
El Gobernador mandó levantar un censo, con arreglo al cual, según el Reglamento, dobfan elegii'se los diputados, y declaró disuelta la Legislatura.
Recuérdese lo que dijimos en el anterior ca- pítulo: desde que los señores re[)resen tantos insis- tieron en la subsistencia de sus dietas, el P. Ejecu- tivo mantenía con ellos ftíamente las relaciones oficiales. Probablemente debido á esto, el año de 1822 pasó estéril y sin iniciativas.
El Cabildo acordó el ensanche de la casa de gobierno, proyectando la construcción de piezas
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para el despacho do los jueces; pero después do reunida una buena suma de materiales para la obra, no se llevó á efecto hasta algunos años más tarde.
El señor Bustos ordenó en octubre el resta- blecimiento de las escuelas en todos los curatos ó departamentos; pues entonces no existían sino dos: una en la capital, dotada con GtX) pesos anuales, y otra en Villa del Rosario con 150.
El gobernador Castro las había creado en los principales puntos de cada curato: pero á causa del estado de gueiTa porque acababa de pasar la pro- vincia se cerraron, huyendo los maestros ó empu- ñando las armas.
Resolvió también el Cabildo ceder el derecho de liorencias transvei'sales á la Universidad, con cargo de qne ella costeara el sueldo de su biblio- tecario. Nombró en propiedad asesor suyo al doctor José Antonio Ortiz del Valle, y del juzgado del crimen al licenciado don Francisco Delgado.
El censo de esto año manifestó sólo, como el de 1815, el número de habitantes, sexo, edad, esta- do, clase y condición do los mismos. He aquí la población existentes entonces:
Total : 7(5.199 — Varones, 36.147; Mujeres, 41052. — Ciudad: 1 1 .552 — Varones, 4.6 (íS; mujeres, 6.887.— Río Cuarto: 4.833— Varones, 2.132; muje- res, 2.701. (1)
(1) Este departamento, como otros, ha sido posteriormente subdividido, y como en los momentos en que escribimos se trata de una nueva división, omitimos mencionar la actual.
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Villa do la Carlota: 1.393— Varónos, 662; :Mu- jeros 771.
Río Segundo: 7251— v. 3583; m. 3718.
Pocho: 5991— V. 2873; m. 3118.
Tulumba: 5747— v. 2747; ni. 3000.
Calamuchita: 5605— v. 2628; m. 2983.
San Javier: 7338— v. 3492; m. 3846.
Tercero Abajo: 1898— v. 901; rn. 997-.
Tercero Arriba; 2811— v. 1307; m. 1504.
Anejos: 4108— v. 2000; m. 2108.
Ischilín: 2584— v. 1130; m. 1454.
Santa Rosa: 4648— v. 2316; m. 2322.
Panilla: 7001— v. 3304; m. 3697.
Río Seco: 3439— v. 1493; m. 1946.
A fines de 1822 el gobierno dictó algunas dis- posiciones encaminadas á la regularización de la hacienda pública, después de la sanción legislativa sobre la nueva fornaa de impuestos.
Los resultados fiíeron halagüeños, porque la renta aumentó considerablemente, sin que el co- mercio sufriera daño sensible, y sin que una sola voz de protesta so levantara.
En 1823 emj>ozó á pasar mensualmonte la contaduría un balance de entradas y salidas de caja, con estados prolijos y aspecificaciones, que demuestran labor, competencia y acertado .con- trol en todas las operaciones, alcanzando ia per- cepción á 80.584 pesos, y los gastos á 79.952 y 4 3/4 reales.
La mayor parto do lo gastado fué en soste- nimiento del ejército. Los sueldos oran bajos, y los empleados civiles muy pocos. La Iglesia tenia
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fondos propios, que aun cuando el poder secu- lar intervenía en su administración y asignacio- nes, siempre había un sobrante en Clavería para responder á exigencias extraordinarias. Todavía no se ejercía el patronato con la amplitud que se ejerció después, y que veremos en oportunidad. Las dos potestades marchaban paralelamente; y si hubo notas chillonas al tratarse de la reforma del aran- cel eclesiástico, todo pasó sin choques violentos, porque hombres eminentes del clero desautorizaron las pretensiones del Provisor.
El Gobernador trató de reparar los efectos de los disturbios pasados, con una política moderada y de conciliación. A nadie pei-siguió, y algunos revolucionarios presos salieron en libertad. El único expa triado fué don Domingo Malde, del mismo partido federal, acusado do estar en combinación con Carrera. En estos buenos propósitos lo acom- pañaba decididamente su secretario el doctor Fran- cisco Ignacio Bustos, . quien, por sus relaciones so- ciales, por los vínculos que desde los centros de instrucción en que se formó lo ligaban á los hom- bres mejor preparados, 5' por su mismo carácter, no podía proceder de otro modo. (O
(1) Era el doctor Bastos sobrino del General, y tuvo el fín des- graciado (á mediados de 1830) de que da Doticia el seflor Zinny on los sigaientes términos: f Durante los días del mando del ge- neral La Madrid, que entró á San Juan á la cabeza de nna di- visión de caballería^ tuvo lugar el trájico ñn del doctor Francisco Ignacio Bastos, cuyos pormenores son como sigue: Los qae lo prendieron en su fuga, en la Cordillera, lo llevaron prisionero á Mendoza donde se hallaba su esposn. Esta, con un valor extra- ordinario, se propuso libertarlo consiguiendo ganar á un militar encargado de la custodia de su marido. Disfrazándose de soldado
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A mediados de año, on julio, reemplazó al doctor Bustos el coronel Bedoya, y aun cuando éste, como dice el general Paz, era hombre frnro^ encontró las cosas encauzadas dentro de la tolíí- raucia, y siguieron así hasta que la ambición del gobernante las puso en otro lugar.
El doctor Bustos continuó sirviendo en la ad- ministración como legislador y como miembro del Superior IVibunal, alternativamente. No eiuxm tra- mos mi solo acto suyo (jue pueda justificar la acusación de a^aiig ni navio con (pie lo calificó el general La Madrid. Creemos que éste (piiso ate- nuar con tal calificativo el hócho de haberlo man- dado matar, cargado de prisiones, liocho (pie el mismo llama bárbaro.
Emigi'ado de Córdoba al caer el gobernador su tío, ocupó en San Juan el puesto de ministro de don Josó Maria Echogaray, por breves días, y aun
se puso docontineln en la puerta de la c¿ircol, aguardando la no- clio para dejar evadir al priBÍouero. Pero el sargento, que no es- taba en este secreto, pasando delante del centinela y viendo una cara tan joven y deHconocida, so fijó on él y descubrió que era mujer. Esto desgraciado inciden to (rustro el plan de evasión de Bustos, quien, desde luego l'uó ouviado á Sun Juan, on donde, estando en la cárcel, cargado de grillos y sin el menor indicio de que hubiese intentado evad¡rs3. como se hizo creer, fué muerto á balazos en la misma prisión >►. {Historia de los Gobernadores^ tomo 3.0, págs. 255 y 25G).
— El mismo La Madrid, en sus Memorias^ dico: cEl general Paz me lo había pedido desde Córdoba, temia que por su con - descendencia lo salvara á este joven tan travieso y sanguinario» (?) «Esta consideración, sobro todo, fuó lo que me resolvió á cometer un acto que en fuerza de mi buena fe no pude menos que lla- marlo bárbaro, declararlo, sobre todo, puos me he propuesto re- latar la verdad, y no quedaría tranquilo si la disfrHzara)^, (Tomo 1.^ págs. 491 y 492).
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por menos tiempo el de delegado de aquel gober- nador, sin que ninguna acción indigna lo hiciera acreedor á la censura. El gobernador de San Juan cayó al golpe del sable, como al golpe del sable había caído el gobernador de Córdoba. Ambos descendieron del poder en 1829, empujados por los mismos medios que emplearon para ascender.
Hecha una pertinente digresión, volvemos á 1823.
El doctor José Gregorio Baigorri fué encar- gado por el gobierno de proyectar una reforma en los estudios univorntarios; prasentó su proyecto el 2 de enero, y con fecha 9 del mismo mes fué apro- bado en todas sus partes. Establecía plan, método y régimen de enseñanza distintos de los anteriores, refundiendo cátedras, incorporando estudios corre- lativos en cursos diversos, fijando textos, tiempo y distribución de clases, estableciendo actos públicos, concursos y forma en la colación de grados. ^^)
Estas manifestaciones progresistas de un gober- nante inclinado por naturaleza al quietismo y la apa- tía, se producían sin duda alguna á impulsos de hom- bres de iniciativa. Tenía Bustos de ministro á Bedoya, que había probado su fibra y su temperamento, y de jefe de policía á don PeHpe Gómez, sujeto ins- truido, vivaz, rectísimo, y miembro de una distin- guida familia. El señor Gómez, sin deber ninguno y movido sólo por el anhelo del mejoramiento de
(1) Los documentos da la referencia están publicados en la Cnmpifacián de l^yeSj Decrefos^ ote. (Tomo I.*», págs. 487 á 498), 'J.a edición.
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su patria, aplicó sus conociniientoft cion tíficos on nivelacioní3S y doslindos dcMitro do la ciudad, y en construcciones do obras do dofonsa y do desaguo sobre ol río y on los altos del Sur. Bajo su di- rección se hizo el puente que aun existe sobi-e la Cañada en la actual calle 9 de Julio, y algunos años niiís tarde dirigió también la construcción de la media naranja del templo de Santa Catalina, En este último trabajo fué desgi'aciado, pues antes de terminarse, la bóveda cavó, reconstruyéndola el anjuitocto señor Ju¿tn Roque.
Poco antes do nombrar A Bedoya, se había au- sentado Bustos al Chaco con el fin de inspeccionar el estado de esa frontera, dejando el mando poli- tico al CabUdo, el militar al jefe del Estado Mayor coronel llamón López, y en el ramo do hacienda al intendente honorario don Narciso Lozano, llcgre- só á mediados de junio por la Villa de los líanchos, á la cual expidió el título do Villa del /{osario.
En marzo había a[)robado un reglamento dic- tado por el Cíabildo para la administración do la justicia de campaña, después de conseguir que este cuerpo se organizara con elementos irreprochables, on la forma electiva que disponía el Capítulo II, Sección V del Reglamento Provisorio do 1817 sancionado por el Congreso Nacional.
A mediados do junio salió do Buenos Aires el deán de esa catedral doctor don Diego Estanis- lao Zavaleta encargado por el gobierno de aquella provincia de proponer al do Córdoba y demás del
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interior lo siguiente: ''I.** La reunión de todas las Provincias en cuerpo de una nación administrada bajo el sistema representativo; 2.** Que cada Pro- vincia entre á un orden de paz sostenido por los pueblos y por los que los gobiernan''. Además, en julio lo facultó el mismo gobernador delegado Ri- vadaAña, para que de acuerdo con el comisionado general don Juan Gregorio de las Heras cerca del jete de las fuerzas españolas en el Perú, explanase la utilidad de la marcha iniciada por Buenos Aires en la negociación de tratados para que habían venido de España comisionados don Antonio Luíh Poreira y don Luis de la Robla*
Estos señores habían llegado en mayo, en- viados por el gobierno do S. M. C. con el ob- jeto de negociar el reconocimiento de la inde- pendencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
El señor Rivadavia comunicó el hecho á los demás gobernadores, y envió á la Legislatura las bases de un convenio que fué por ella aprobado. Eran las siguientes: "1.* A los sesenta días conta- dos desde la ratificación de esta convención por los gobiernos á quienes incumbe, cesarán las hostilida- des por mar y por tierra entre ellos y la nación española; 2.* En consecuencia, el general de las fuerzas de S. M. Católica existentes en el Perú guardará las posiciones que ocupe al tiempo que* le sea notoria esta convención, salvas las estipula- ciones particulares que por recíproca conveniencia quieran proponerle ó aceptar los Gobiernos limítro- fes al objeto de mejorar la línea respectiva de ocu-
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pación durante la suspensión de hostilidades; 3." Las relaoionos.de comercio, con excepción única de artículos de contrabando de guerra, serán ple- namente restablecidas por el tiempo de dicha sus- pensión entre las provincias de la monarquía es- pañola, las que ocupen en el Perú las armas de S. M. C, y los Estados que ratifiquen esta conven- ción; 4.^ En consecuencia, los pabellones de unos y otros estados serán recíprocamente respetados y admitidos en sus puertos; 5.^, Las relaciones del comercio marítimo con la nación Española y los Estados que ratifiquen esta convención, serán regla- das por convención especial, en cuyo ajuste se entrará en seguida de la presente. 6.° Ni las autoridades que administren las proNdncias del Perú á nombre de 8. M. C, ni los Estados limítrofes impondrán al comercio de unas y otras más contribuciones que las existentes al tiempo de la ratificación de esta convención; 7.* La suspensión de hostilidades subsistirá por el término de diez y ocho meses; 8.° Dentro de este término, el Gobierno del Estado de Buenos Aires negociará, por medio de un ple- nipotenciario, de las Provincias Unidas del Río de la Plata, y conforme á la ley de 19 de Junio, la celebración del tratado definitivo de paz y amistad entre S. M. C. y los Estados del continente ameri- cano á que la dicha ley se refiere; 9.^ En el caso de renovarse las hostilidades, éstas no tendrán lugar ni cesarán las relaciones de comercio sino cuatro meses después de la intimación; lí»**. La ley vigente en la monarquía española, así copio en el estado de Buenos Aires, acerca do la inviola-
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bilidad de las propiedades, aunque sean de enemi- gos, tendrá pleno efecto en el caso del artículo anterior en los territorios de los Gobiernos que ra- tifiquen esta convención, recíprocamente. 11.* Lue- go que el Gobierno de Buenos Aires sea autoriza- do por la Sala de Representantes de su Estado para ratificar esta convención, negociará con los Gobiernos de Chile, Peiii y demás de las Provincias Unidas del Río de la Plata la accesión á ella; y los comisio- nados de S. M. C. tomarán al mismo tiempo todas las disposiciones conduncentes á que por parte de las autoridades de S. M. C. obtenga el más pronto y cumplido efecto''.
Firmado este convenio por los señores Riva- davia, Pereira y Robla, el 3 de julio de 1823, el gobierno de Buenos Aires pidió autorización á la Legislatura para ratificarlo, y le presentó este sus- fancioso proyecto: "Artículo Único. — Siendo la guerra que el Rey Luis XVIII se prepara á hacer á la nación española, dii'ecta y principalmente con- tra el piincipio reconocido por el artículo 1.® de la ley de 10 de Mayo de 1822, en el caso de realizarse dicha agresión queda autorizado el Gobierno para negociar el que (después de la celebración del tra- tado definitivo de paz y amistad con S. M. C. sobre las bases de la ley de 19 de junio, de que es pre- liminar la convención de 4 de julio del presente año) se vote entre todos los Estados americanos reconocidos independientes en consecuencia de di- cho tratado definitivo, para sostén de la indepen- dencia de España bajo el sistema representativo, la misma suma de veinte millones de pesos con
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que para destruirla han habilitado á su Gobierno en el mes do Marzo último las (Jamaras de París' ^
Pero en los altos designios do la Providencia estaba la próxinm acción de Aya cucho (9 de di- ciembre de 1824) que acabó con el poder de Espa- ña en este continente, sin necesidad de la donación do veinte millones de pesos.
El señor Bustos acusó recibo de las comunica- ciones del señor Rivadavia, acentuando sus tonali- dades de patriotismo.
Dijo que quedaba gi'atamente instruido de que hubiera solicitado el gobierno de Buenos Ai- res, como base de toda negociación coli España, el reconocimiento de La independencia de iodos los Estados de América, y le oft*ecía su más de- cidido concurso. El señor Rivadavia repuso: "Tan conforme está el gobernador delegado con este mis- mo principio, que al verlo desenvuelto por el señor gobernador de Córdoba ha recibido en ello la me- jor prueba de que no os infundada la esperanza que se ha tenido de que S. E. cooperase de firme á di- fundir el espíritu nacional, y á hacer que, respi- ran dose el mismo por todos los demás (íobiornos, se arribase cuanto antes á la reorganización de todas las Provincias y creación de un cuerpo ge- neral que administre los gi-andes negocios á que aquellas son llamadas en las circunstancias del día".
El gobierno de Córdoba fué más allá de lo que so pretendía: autorizc) al do Buenos Aires para el nombramiento de un plenipotenciario que fuera á España á negociar tratados definitivos de paz y
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amistad, bajo la base ya diclia del rcconocimíeyíto previo de la ¿mlependencia.
Aceptó también los propósitos do la misión del doctor Zavaleta, y ofi-eció al general Las Heras sil cooperación en la que llevaba al Perú.
Las relaciones con Buenos Aires habían mejora- do sensiblemente después de fracasar el Congreso de Santa Fe. Si los ánimos quedaron entonces un tan- to agitados, consideraciones de orden superior hacían entrar á los gobernadores en el buen camino.
La anarquía había impedido que las autori- dades se ocupasen de los pueblos ft'onterizos. Los indios penetraban en ellos, saqueaban y mataban impunemente cuando los mismos pobladores no se defendían y los escarmentaban. Aprovechaban de estos asaltos, no sólo los salvajes, sino muchos que vivían en los centros civilizados y que les cambia- ban los objetos robados, por aguardientes y baratijas. — Los que robaban en Buenos Aires negociaban con mercaderes de la provincia de Córdoba, y los tjue robaban en ésta negociaban con mercaderes de aquella. El negocio llegó á haceiso en grande escala. Bustos prohibió absolutamente este tráfico en el territorio de su jurisdici^ión, de acuerdo con Rodríguez, que hizo otro tanto en la jurisdicción de Buenos Aires.
• Terminó el año 23 con una buena disposición gubernativa. El 30 de diciembre dictóse un de- creto subscribiéndose el gobierno á ocho ejempla- res de cada periódico que apareciera "por la impren-
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ta de osta ciudad". Ya en 1821 se había subscrito á las publicaciones que so hacían en las otras provin- cias, "para formarse una justa idea del estado de ellas". Durante la administración del señor Bustos se publicaron dos periódicos: La Ver^dad sin lio- depSy dii'igido por un señor Beudot, y El Federal^ por el doctor Manuel Bernabé Orihuela.
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Al regresar del Norte el general Las Horas para recibii-se del mando do la provincia do Bue- nos Aires, que lo había elegido en reemplazo de don Martín Rodríguez, acordó en Córdoba con el general Bustos el envío á Salta de un escuadrón de doscientas plazas, comprometiéndose á mandarle desde Buenos Aires amias, municiones y dinero. Las Heras continuó su viaje escoltado por diez hombres que Bustos puso a su disposición, y el es- cuadrón marchó á fines do mayo.
En este año de 1824 convinieron los gobier- nos en la reunión do mi congi'oso gonoral en Bue- nos Aires. La Legislatura de Córdoba eligió el 14 do setiembre diputados á los señores Eduardo Bul- nes, Elias Bedoya y José Gregorio Baigorri; y el 18 resolvió: "1.^ Que por ahora sólo so nombren tres diputados que representen la Provincia en el Congreso General; 2.** Que cada uno disfrutará por sus servicios la asignación de dos mil quinientos pesos anuales; 3.** Que ésta se pagará de los fondos de la Provincia; 4.° Que las dietas los coiran desde el día que salgan para su destino; 5.*^ Que el tiempo de su representación será el do dos años;
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6.** Que á cada Representante se le asigne de viá- tico para ida y vuelta la cantidad de quinientos pesos; 7.** Que continuarán disfrutando de las die- tas por el ténnino de im mes después do concluida 8u representación".
Para pagar la dieta de los diputados se des- tinó el producto del impuesto á las carreras de caballos y riñas de gallos, el llamado nuevos ar- bitros, y el de visitas de tiendas y pulperías.
Declaró la Legislatura que '^en el caso de que por algún accidente no puedan los Diputados de Córdoba concunír á la instalación del Congreso Nacional, esta Pro\Tncia defiere á sus deliberacio- nes del mismo modo que lo haría si realmente es- tuviese representada".
El doctor Baigorri manifestó que no podía marchar inmediatamente, y con calidad de por ahora se nombró en suplencia al deán Funes, que se hallaba en Buenos Aires.
El nuevo Congreso Provincial se había insta- lado el 18 de agosto, suprimiendo el mismo día los sueldos votados por el anterior á los diputados pro- vinciales, y declarando el 26 que "el mejor com- pensativo de los Representantes era el honor de servir á la Patria". Este cuerpo se hallaba for- mado así: don Miguel del Con'o, don Estanislao * Loarte, don José María Fragueiro, coronel José Julián Martínez, Fray Hipólito Soler (franciscano), don José María Bedoya, don Juan Antonio Sará- chaga, propietarios, y don José Posidio Rojo y don Felipe Alias, suplentes. Con tal declaración, la Legislatura censm*aba en acerbos conceptos á la que
— fíe- le preeodiora. Y no había sido inspirada por ol señor Bastos: la calidad de sus elementos excluiría toda suposición do servilismo, sino hubiera proba- do muy luego su independencia con la elección do gobernador. Habiéndolo expedido al diputado Be- doya título de "agente de negocios cerca del So- berano Congreso y autoridades nacionales, para representar y promover á nombre do esta Provin- cia los derechos de ella'', el señor Bustos le obser- vó que semejante nombramiento no había sido hecho dentro de sus facultades constitucionales. Esta disidencia denmestra (jue la acción legislativa no se preparaba en el despacho del (robernador, y que á la sala de sesiones iban los legisladores sin propósitos preconcebidos y sin el voto de antemano resuelto. ¡L^istima que tanta belleza fuera muy luego atropellada y destruida por la aml)ición! 0)
El Congreso Nacional estaba para instiilarsecon la concurrencia de todas las provincias. La do Córdoba había declarado, que aun cuando sus di- putados estuvieran ausentes eUa respetaba y acata- ba sus deliberaciones.
Desgraciada.:nente un acto de la Legislatura
(1) El señor López dice con entera verdad: cLoa quo habían pactado con Bustos, lo habian hecho con la esperanza de que vencida la montonera que amenazaba destruir por sus basea el orden social, sirviese de apoyo al restablecimiento do un go- bierno regular en la provincia y en la nación; y al ver que todos los actos del nuevo gobernador tendían sólo á consolidar su poder personal, para quedar arbitro y dueño de la cosa pú- blica, comenzaron á reparárselo hasta formar el núcleo de uu partido culto y liberal, al que por un movimiento natural de intereses comunes se unieron los antiguos adversarios». — Historia de la República Argentiiia^ tomo 9.^; p&g. 13.
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de Buenos Aires vino á perturbarlo todo. Con fe- cha 13 de noviembre declaró que se reservaba el derecho de aceptar ó rechazar la Constitución que se dictara; y la de Córdoba se dirigió con tal mo- tivo al gobernador Bustos en estos términos: "La Representación Pro^incial ha recibido la nota del P. Ejecutivo, fecha 3 del presento, número 32, y la original adjunta del Gobierno do Buenos Aires de 16 del próximo pasado Noviembre, acompañando copia do la ley fundamental que la Sala de aquella Provincia ha sancionado. Ha llamado muy espe- cialmente la atención de los Representantes el ar- tícido 2 y 3 de dicha ley en que la Provincia de Buenos Aires se reserva el derecho de aceptar ó no la Constitución que sancione el Congreso Gene- ral, y ha dado motivo á entrar en serias conside- raciones sobre la naturaleza de dicha ley y sus conseqüencias.
"La Sala de Representantes nada cree de más importancia á la quietud y felicidad del pais que la instalación del Cuerpo Nacional bajo unas bases sóli- das, que consultando los derechos de los Pueblos alejen para siempre todo principio de disolución y anarquía. Cansadas las Provincias de sufiir toda clase de horro- res, tocadas de sentimientos de dignidad nacional perdidos por una fatalidad tanto tiempo ha, nada te- men más que el que los trabajos del próximo Congi'eso sean tan ilusorios como en los anteriores, haciendo por este medio totahnente ineficaz el único antídoto á los males que gravitan sobre los Pueblos.
"Estos inconvenientes, ligeramente indicados, y otros más á que no es del caso descender, son, en
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juicio do la Roprosontación do la Provincias, otras tantas consoqttoncias quo naturalinonto so doducon do la ley fundamental que la Sala de Represen- tantes de la Provincia de Buenos Aires ha sancio- nado para el próximo Congreso. Con este motivo se ha \asto precisada la Representación de la Pro- vincia, en sesión extraordinaria de 4 del presente, á acordar los artículos siguientes: 1.** No son ad- misibles, por antisociales, el 2.® y 3.** artículos de la ley fundamental para el próximo Congreso, san- cionada por la Sala de Representantes de la Pro- vincia de Buenos Aires; 2.° Esta sala se reserva adoptar igual base, en la dura necesidad que la de Buenos Aires insista en ella, ó de no concürrii- a Congreso; 3.^ De lo acordado sobre el particular se instruirá por el P. Ejecutivo al Diputado don Gregorio Funes" (era el único de los de Córdoba que se hallaba en Buenos Aii-es).
"Lo que de orden de la Representación Pro- vincial lo conmnico á V. E. para su inteligencia y fines consiguientes".
"Dios guardo á V. E. muchos años — Sala do Sesiones, Diciembre (5 de 1824. — Doctor Miguel DEL Corro, Presidente, — Jasó Posidio fíojo, Se- cretario » .
Pocos días después tuvo lugar la apertiura del Congreso, y Córdoba se apresuró á reconocerlo en la siguiente forma: "Artículo 1.® La Representación de la ProNdncia reconoce por legalmente constituí- do el Congi'oso rroneral Representante instalado en Buenos Aires el día 16 de Diciembre de 1824, que anuncia la nota oficial del mismo Congi'eso, que
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en copia legalizada acompaña el P. Ejecutivo; 2.° El P. E. y demás autoridades de la Provincia concuiTirán ante la Representación Pro^^ncial á hacer las felicitaciones de estilo, en ratificación del reconocimiento hecho por la Sala; 3.** Se comi- siona al Presidente para que acuerde con el P. -E. el día V ceremonia, como asimismo las dem ostra- cienes públicas que se han de hacer para el reco- ngcimiento del Congreso General".
De manera, que con las reservas iniciadas por Buenos Aires y seguidas por Córdoba, el Con- greso podía obrar sin otras restricciones. Pero estas reservas fueron de tal natm^aleza, que trajeron la anarquía que había ya disuelto otros Congresos.
El año de 1824 terminaba. ,
Se habían nombrado diputados al Congreso General Constituj^ente y restablecídose las buenas relaciones con algunos gobiernos: el de Buenos Aires, como prenda de conh-aternidad, invitaba á los demás á enviar á sus eupensas Jóvenes de í20 años cumplidos, para que adscritos á las secreta- rias y á las oficinas de contaduría aprendan los pj'ocedimientos y se formen oficinistas; y les ofirecía becas gratuitamente (que fueron aceptadas por algunas provincias) en el colegio que había reem- plazado al seminario conciliar.
Se organizó de nuevo la junta protectora de escuelas, autónoma en la distribución de los fondos escolares; reformóse el sistema rentístico, consul- tando á la vez los intereses del fisco y los del co-
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mercío; guarnociéronse cüiiveniontomento las fron- teras; fijándose 30 soldados en el Saladillo, 74 en la Esquina de Ballesteros, 95 en Fraile Muerto, 31 en Cruz Alta, 121 en la Carlota y un número igual en los fuertes del Chaco.
• El 31 de diciembre fueron suprimidos los Ca- birdos existentes en la capital y villas de la Con- cepción de Río Cuarto y Carlota, porque s¿ la bis- tiíucitn (decía el decreto) fué alguna vez del in- terés de los Pueblos, mienlras estaban baxo un sistema de opresión, desde que éste ha cambiado y ha ocupado su liega?* el sistema representativo, los Cabildos han quedado ya sin objeto y sin atri- buciones,
El titulado Ejército Au.riliar del Perú» suble- vado en Arequito, permanecía en Córdoba, dismi- nuido por la desorción, por las bajas concedidas sin mucha dificultad por razón do economía, y por los contingentes (jue habían marchado al Norte. Bustos consiguió (jue ol gobernador de Buenos Aires lo auxiliara con vestuario; pues que, le decía á éste en nota de 20 do febrero, el sostenimiento del ejército nacional correspondo á la Nación, y es de mucha importancia que la Representación de olla, desde el momento do instalarse pueda contar con una fuerza aireglada, (|uo por todos títulos le per- tenece".
No tuvo en cuenta osta fuerza el Congreso al ordenar en el año siguiente que el ejército nacio- nal se formara con contingentes de las pro^dncias, proporcionales á su población. A Córdoba, corres- pondió, según el censo de 1822, mil doscientos hom-
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bres, número que llenó con exceso, enviando pri- mero seiscientos guardias nacionales, y mil soldados de línea después, con destino á la Banda Oriental.
Los nombramientos de curas se hacían con el beneplácito del Gobernador. Por fallecimiento del de Río 3^. Abajo, don José Mariano Prado, el Pro- visor nombró interinamente al licenciado don Fer- nando Bulnes. Este nombramiento no agradó á Bustos, y el provisor Vázquez tuvo que relevar á Bulnes con el licenciado don Gaspar Martierena. Quizás Bustos tenía ñmdados motivos de descon- fianza respecto de las ideas políticas de Bulnes, porque éste poco tiempo después hubo de prestar declaitición jurada sobre la procedencia de unos papeles que empaquetados había enviado á un co- nocido adversario del gobierno. Prohibió en la cuaresma las procesiones de noche, por los e^rcesos y escáfu/aíoH que en ellas se cometían. En una rebelión de los frailes franciscanos contra dispo- siciones del Pro\incial, ordenó que salieran ex- pulsados de la provincia si no volvían á la obe- diencia.
Remo\ió por sí y ante sí al ayudante de la parroquia de Río Seco Fray Mariano Suárez Po- lanco, fundándose en que "por conductos respeta- bles y fidedignos se sabe que la conducta que observa no es conforme á los altos objetos de su ministerio", y el pro^isor don José Gabriel Váz- quez tuvo que sometei'se y mandar se cumpliera lo dispuesto por el Gobernador.
Remarcable era su tendencia á la dominación absoluta, aun invadiendo ajena jui'isdicoión: si en-
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contraba estorbos los eliminaba, arrasando legisla- turas y cámaras judiciales.
La terminación do su gobierno, segim la lej% estaba próxima, y le mortificaba pensar que al- guien pudiera reemplazarlo. El Reglamento au- torizaba la reelección con dos tercios de votos de la asamblea, y cegado por el orgullo no se imagi- naba que pudieran faltarle.
Los partidos de principios, casi simultánea- mente con la instalación del Congi'eso, empozaron á destacarse, tendiendo muy luego sus líneas do combate. Unitarios y federales tenían en Córdoba numerosos elementos populares, que el año 26 ro- ción pudieron apreciarse distintamente. Prevale- cieron los últimos, porí^ue el Gobernador los ayu- dó con la fuerza pública.
Estos actos mezquinos de Bustos debilitan el concepto favorable que mereciera por los que ha- bía realizado en obsequio de la patria. Todavía se esforzaba por este tiempo en que se le creyera bueno, y se dirigía al Congreso y al Encargado del Poder Ejecutivo Nacional ofrecieado sin limi- tación el concurso de la provincia de Córdoba para unificar la nación.
Pero pronto descubrió su pequenez y simu- lación.
Debiendo cesar en el mando el 21 do febrero (1825) convocó á la Legislatura, que se hallaba en receso, á sesión extraordinaria para el 14. Esto cuer- po, constituido en asamblea electoral, debía elegir, según el capítulo XIV del Reglamento, el gober- nador, por cuatro años; pudíendo ser reelegido
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U7ia sola vez el que se hallara en ejercicio, con do3 tercios de votos.
La asamblea astaba compuesta de siete miem- bros, porque según el mismo Reglamento cada uno representaba doce mil habitantes ó xma fracción no menor de cuatro mil, y el censo último de 1822 daba una población á la provincia de 76.199 al- mas. i\) Recién el 16 de enero de 1826 se re- formó pov ley la base de la representación, con- firmando lo que ya había hecho Bustos por decreto; al convocar á nuevas elecciones (reducía la pro- porcionalidad á seis mil en vez de doce).
Los diputados, como dijimos, eran: don Miguel del Corro, fray Hipólito Soler, coronel- José Julián ^lartínoz, don José María Fragueiro, don Juan Antonio Saráchaga, don José María Bedoya y don Estanislao Learte (clérigos los dos últimos).
Estos señores algo temían, porque después de varias citaciones sólo pudieron reimirse en quorum el 25, es decir, á los cuatro días de haber termi- nado logalmente Bustos su mandato. El ex go- bernador había pasado una nota el 19 á la Legis- latura, diciéndolo, que mientras no se elegía el que debiera subrogarle, quedaba en ella depositado el mando. Pero esto era una burla, pues de hecho detentaba el poder piíblico, acuartelando las tropas que únicamente á él obedecían, al mismo tiempo
(1) El señor López erróneamente afirma que Córdoba tenia 180»000 ahnaSj y se sorprende de que tan numerosa población es- tuviera representada por siete diputados. (//. de la República Argentina^ tomo 9^., pi\g. 335.
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que azuzaba á la muchedumbre alborotada en la calle. (1)
Sin embargo, los electores tu\neron valor para afrontar el peligro. Hecha la votación resultaron tres votos por Bustos, dos por el coronel Martínez, uno por don Manuel Ocatopo y uno por el doctor José María Fragueiro.
Ninguno tenía los votos exigidos por ol Re- glamento: necesitaba dos tercios Bustos y simple mayoría los demás. Se votó 2.* y 3.* vez con el mismo resultado. Acordóse entonces votar sola- mente por los dos que habían tenido mas votos; y después de otras tros votaciones, en que resultaron
(1) Puede juzgarse de la dispoBioión en que estaba de entre- gar el gobierno, por esta oficio de uno de sus favoritos: el co- mandante principal de Pocho, congénero de los otros que se mandaron á la liegislatnra: tExmo. señor— Desde el punto y hora que tuve noticia de la nueva elección de Oobiemo, no pude menos que pasar orden á mis comandantes citasen á sus respec- tivi^s esquadrones, no dejando salir un soldado ni oficial de este Curato hasta segunda orden, estando yo á la espectativa para formar quartel general en la Laguna en caso necesario, resuelto á no admitir por ningún pretexto otro Gobernador, á todo riesgo; y luego que recibí la circular de V. B. en la que leí quedaba V. E. interinamente hasta la olocción de nuevos representantes, ordenó se diese licencia á los que la pidiesen, siendo precisa, no dudando reelegirán á V. E., porque de no, estoy en la mis/na re- solución (dispénseme V. E)— Yo, Exrao. señor, no necesito de interpósitas personas para sus confidenciales que tenga Y. E. el gusto de confiarme, pues aunque no t^iigo el honor de que me conozca, si lo tendré de que ol tiempo le descubrirá que tiene un subdito fiel y legal, y que sabrá perder la vida al lado de V, E , baxo sus respetables órdenes, con espada en mano, y contener en lo posible á todo seductor que se atreva á persuadirme lo con- trario; pues de otro modo, conozco que sería un ingrato desagra- decido, faltando á las leyes de la hombría de bien. La Viríjen del Rosario alcance de su Santísimo Hijo toda prosperidad á V. E. y opulencia de su casa, como este su humilde subdito lo ha menester. ->«/uan de la Cruz Güemes Camperoy^.
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invariablemente cuatro votos por Bustos y tres por ^lartínez (Bustos necesitaba cinco y Martínez cua- tro}, se decidió sortear los candidatos, favoreciendo' la suerte al coronel Martínez. Acto continuo filó éste proclamado Gobernador, dirigiéndose á Bustos la siguiente nota: **Habiendo llegado el término que la ley tiene fixado al Gobierno de V. E., en virtud de ella la Representación de la Provnincia, en sesión extraordinaria del día de la fecha, ha procedido al nombramiento del que debe ocupar el puesto que V. E, acaba de depositar en manos de la Sala, y después de llenadas todas las formali- dades que exige la ley constitucional que nos rige, ha resultado electo el coronel don Julián Martí- nez. y acordado hacer su recibimiento solemne el día de mañana á I9.S diez; á cuyo efecto, V. E. por su parte hará las prevenciones ajustadas al Re- glamento de la Provincia.
"La Sala, al poner en manos de V. E. este aviso no puede menos que significarle la mayor gratitud por los servicios importantes que ha he- cho á la Pro^áncia durante su gobierno, y que no olvidará en lo subcesivo, — Dios guarde á V. E. muchos años. — Sala de Sesiones, Febrero 25 de 1825. — Doctor Miguel del Corro, Presidente. — Jos(^ Posidío fíojo, Secretario". iV
Inútil es cx)nsignar lo que subsiguió á esta comunicación. Pandillas reclutadas exprofeso re- coiTÍan las calles, vociferando contra Martínez y
(1) He aquí el acta, copiada del libro 2.^ de actas del archivo de la Legislatnru:
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vitoreando á Bustos. Este convoca á la Sala nue- vamente para el 20, y el presidente doctor Corro contesta este día mismo, que aquella no ha podido reunirse, ni se reunirá más, por ausencia de va-
«Sesión extraordinaria del Viornee 25 de Febrero d© 18?5.
«Aprobada la acta de la sesión anterior, el señor Presidente mandó leer un oficio del P. E. fecha 19 del corriente en que hace presente á la Sala haber llegado el término que la ley tiene pre- fixado á. su gobierno, y haciendo por lo mismo una absoluta en- trega de la autoridad que se le ha confiado para que la tiala en uso de sus atribuciones proceda al nombramiento del que debe subrogarle en el man lo.
«El señor Saráchaga tomó la palabra ó hizo moción para que se declare, antes de proceder á votación, qué debe entenderse por un voto sobre la mitad, y sobre las dos terceras partes, y fuó apoyada por el señor Bedoya. Puesta en discusión, y hechas algunas observaciones, se acordó que la mitad de un voto para elección, y un tercio para reelección, hocen voto entero en el nií- mero impar, y de consiguiente, en el coso de siete vocales harán elección quatro y reelección cinco,
«En seguida se procedió al acto de la elección, y hechas tres votaciones por no haber resultado la mayoría que exige el regla- menfo provisorio, se votó nuevamente ]>or tres veces por los can- didatos que habían obtenido mayor número de votos, que fueron el actual señor Gobernador don Juan Bautista Bustos y el coronel don Julián Martínez; en cuya operación no resultando aún la ex- presada mayoría, se sacó por suerte de los dos indicados candida- tos el que debía ser Gobernador conforme lo proviene el articulo 4.* Capitulo XIV, Sección VI del Reglamento provisorio, después de haber acordado la Kala el modo de obtener la suerte: y ésta decidió en favor del señor Coronel don Julián Martínez, y fué proclamado electo Gobernador de la Provincia.
«Se trató dé señalar el día en que debía hacerse el reconoci- miento solemne del nuevo Gobernador, y se acordó que lo fuese el 26 á las diez de la mañana. El señor Bedoya propuso que la acta de la elección debía extenderse y firmarse en el acto, y puesto en votación, se resolvió que se hiciese como es de costumbre.
«El señor Presidente mandó leer un oficio del señor Goberna- dor, en que dice que tan sólo por las protestas de responsabilidad que le hacen los curatos de la campaña, eleva al conocimiento de la Sala los adjuntos oficios, para que se les dé el valor que ee crea conveniente. En virtud de lo anteriormente acordado, de que ninguna petición particular se introduzca en la Sala sin que la comisión nombrada al efecto lo juzgue de un interés público, se
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rios diputados, finalizando así el oficio: "Lo qne se pone en noticia de S. E. para que calme la conmoción que se advierte en el Pueblo y tome por su parte las medidas que dicte la prudencia".
propaso á votación si la Sala ha dfs imponerse de los oficws que adjunta el Gobierno, ó han de pasar á Ja comisión^ y se resol vio qne la Sala, en In misma sesión, se impusiese de ellos. Con lo qne se procedió á 1a lectura de dichos oficios, que resultaron ser dos representaciones: una del cnrnto de Río 2 .«> Abajo, y la otra del curato de Calamucbita, ambas formadas por los Comandantes y algunos individuos más, y que tenían por objeto manifestar su voluntad de que fuese reelecto el actual señor Gobernador, pro- testando que no obedecerían á otro que se nombrase. 8e hicie- ron varias reflexiones sobre este incidente, y se acordó se con- testase al P. E, que dichns representaciones habían llegado después de concluido el acto á que hacían referencia, y que por su parle, en cumplimiento de la ley velase sóbrela tranquilidad de la Provincia. Y se levantó la sesión.
tNota (asi sigue el original):
«En este estado, habiéndose reunido el Pueblo en la Sala de Sesiones, á donde fué llamado el Presidente de ella con los voca- les que se hallasen, no sólo oficialmente pur el Gobierno sino tam- bién por una diputación que le hi/o el Pueblo en la mañana del 2H, 3' á que concurrió sólo con los dos vocales doctor don Estanis- lao Learte y doctor don José María Fragueiro, por no comparecer los demás, hizo presente allí dicho Presidente Irs instancias, tanto del Gobierno como del Pueblo reunido á efecto de que se pr^senta- S3 con plena Sala, y aun sin elln, en la noche del veinte y cinco: en su conseqüencia, sólo se personaba con los dos vocales sobre- dichos; que con ellos no podía abrir Sala; y que supuesto que los representados, por sí mismos habían tomado una voz activa en los negocios públicos, ios representantes nada podían hacer ni sub- sistir Que en esta virtud, presentaba al Pueblo un pliego del Executivo, rotulado para la Sala, con el brevete de urgente para que se impusiera de él y deliberase lo que hallase por conveniente; y que desde aquel momento fóIo continuaba en medio de aquella concurrencia en clase do simple ciudadano. Que en seguida, ha- biendo declarado el Pueblo por disuelta la Representación Pro- vincial, y no pudiendo por este motivo reunirse los demás vocales para firmar esta acta en Sala, como debiera ser, según el Regla- mento interior de ella, la firmó sólo el señor Presidente, haciendo que también el Secretario la subscribiera para constancia de todo lo ocurrido. Córdoba, 27 de Febrero de 1825. — Doctor Miguel DEL Corro. — José Posidio Rojo.
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Por orden del usurpador so entregan dospur^s al oficial 2." de gobierno las llaves de la secretaria y de la Sala. En seguida disuelve la Legislatura, imitando á don Juan Felipe Ibarra que había di- suelto la de Santiago por no haberlo reelegido. Declarada esta situación de fuerza, los princi- pales adversarios de Bustos emigran ó se esconden. Los ecos del desorden llegan al Congi'oso, el cual se pronuncia en favor do la elección do Martí- nez. (O Y en ose Congreso, genuinamente nacio-
(1) Lab reservas con que ]ns Legislaturas de las más impor^ tantos provincias S6 hablan adelantado á la instalación de la Le- gislatura nacional, trabaron la acción do este cuerpo, de8i>re8t¡~ giando su autoridad y su poder. No se explican da otro modo las siguientes sanciones: tSala de Sesir»nes del Congreso General Constituyente. — Buenos Aires, Enero 23 de 1825. — El Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas del Rio de la Plata, ha acordado y decreta lo siguiente:— Lo Las Provincias del Río de la Plata, reunidas en Congreso, reproducen por medio de sus Diputados y del modo más solemne el pacto cru que se liga- ron desde el momento en quo sacudiendo el yugo de la antigua dominación española se constituyeren en Nación independiente y protestan de nuevo emplear todas sus fuerzas y todos sus recur sos para afianzar su independencia nacional y cuanto pueda con- tribuir á la felicidad general.— 2 <> El Congreso General do las Provincias Unidas dclliíode la Plata es y se declara Covsfitu - yente, — 3.° Por ahora, y ha fita la promulgación de la Constitución que ha de reorganizar el Estado, las Provincias se regirán inte- riormente por sus propias instituciunes, 4.o (/uanto concierne á los objetos de la independencia, integridad, seguridod, defensa y prosperidad nacional, es del resorte privativo del Congreso Gene- ral.— 6.° El Congreso expedirá progresivamente las disposiciones que se hiciesen indisijonsables sobre los objetos mencionados en el articulo anterior.— 6." La Constitución que sancionase el Con- greso será ofrecida á la consideración do las Provincias, y no será promulgada ni establecida en ellas hasta que haya sido aceptada. — 7.** Por ahora, y hasta la el«?cción del Poder Ejecutivo Nacional, queda este provisoriamente' encomendado al gobierno de Buenos Aires, con las facultades siguientes: L» De8em])eñar todo lo concerniente á negocios extranjeros, nombramiento y recepción de Ministros y autorización de los nombrados; 2.<^ Celebrar trata-
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nal, estuvieron representadas diez y siete provincias: la Oriental, Buenos Aires, Santa Fe, Entro Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuí, Tarija, Salta, Tucu- mán, Catamarca, Santiago, Córdoba, la Rioja, San Juan, Mendoza y San Luis (Jujuí y Tarija depen- dían de Salta). Con fecha 24 de mayo dirigió al genei-al Bustos la minuta que sigue, propuesta por la comisión de negocios constitucionales:
'^Por la comunicación del señor General don Juan Bautista Bustos, fecha 2 del corriente, se ha instruido el congreso, con el más proftmdo desa-
dos: los qne no podrá ratificar sin obtener previamente especial autorización del Congreso; 3> Ejecutar y comunicar á los de- más Gobiernos todas las resoluciones que el Congreso expida en orden á los objetos mencionados en el artículo 4.o; 4.* Llevar á la consideración del Congreso las medidas que conceptúe conve- nientes para la mejor expedición de los negocios del* Estado. Art. 8.0 Esta ley se comunicará á los Gobiernos de las Provincias Unidas por el Presidente del Congreso. — Manuel Antonio de Castro, Presidente.— ^/c/o de Villegas j Secretario». — Registro Nacional, tomo 2. o, pág. 72.
«LBr. — El Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas del fiío de la Plata sanciona lo siguiente: Art. 1.* Para designar las bases sobre que ha de formarse la Constitución, consúltese previamente la opinión de las Provincias sobre la for- ma de Gobierno que crean más conveniente para alianzar el orden, la libertad y la prosperidad nacional. — 2.^ La opinión de las Pro- vincias sobre esta importante materia, se expresará por sus Juntas ó Asambleas Representativas, y donde no las hubiere, se formarán con este objeto — 3.^ Las opiniones que expresen las representaciones provinciales, dejarán expedita la autoridad con- signada por los pueblos al Congreso para sancionar la Consti- tución más conforme á los intereses nacionales, y salvo el dere- cho de aquellos para aceptar la que les reservó el articulo 6.** de la ley de 23 de Enero.— 4.o Las asambleas representativas ex- presar in su parecer, ó instruirán de él al Congreso á la mayor brevecad posible. — Transcríbase esto decreto al Gobierno encar- gado (lel P. E, N. para que sea comunicado y tonga el más pronto cumplimiento. — Sala del Congreso, en Buenos Aires á 21 de Junio de 1825. — Narciso de Laprida, Presidente, Alejo de VülegaSf Secretario*. — Compilación, tomo 7.*, págs. 224 y 225.
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grado, dol movimionto popular acaecido on la Ciu- dad de Córdoba con motivo de la elección de Gobernador de la Provincia, (luo en el tiempo y forma establecidos por la ley hizo su Junta do Representantes en la persona del Coronel don Jos¿ Julián Martínez, y cuyos pormenores so expresan en el acta popular (jue en copia acompaña, 0) En los momentos (]ue para reorganizar el Estado es indispensable consolidar en cada una de las Pro- vincias que lo componen el orden y respeto á las leyes, este ejemplo funesto puede ser un semillero de males y desastres, que debieron proveer sus au- tores. Un movimiento semejante, no es obra cier- tamente do ciudadanos que se conducen por las lecciones de quince años de desgi'acias: on ningún sentido debe cojisiderarse honroso á la persona del General en cuyo favor se ha hecho: puedo touor en la Provincia de Córdoba consecuencias espan- tosas, y prolongará acaso en la Nación males que habían empezado á curarse con suceso. —El Con- greso quisiera poder separar do sí la idea de un acontecimiento tan desagradable por sus circuns- tancias, como alarmante por sus resultados. Mas
(1) Los revoltosos formalizaron bus pretensión os en Mna espe- cie de acta en que podían la continuación del gobierno de Htistos. Firmaban esa acta 104 individuos, entre los cuales figuraban algunas personas de distinción, como Ortiz dol Valle, Palacios, Aramburú, Aguirre, Gómez, 8avid, Veloz, Urtubey y Galán, y oficiales de los cuerpos de línea y do cívicos como los lonientos coroneles Díaz Colodrero, Giles, Patino y Arguello: esto último firmaba ])or todos los oficiales de su batallón. Estaba también allí la firma del capitán del ojórcito don Pnscual Vázquez, procesado por asesinato.
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él debe pronimciarse con dignidad y asegurar al General informante, a la Provincia de Córdoba y á la Nación entera, íjue no cont<jm¡)oxizará jamás con las pasiones ni transigirá con la anarquía ó el desorden. Es necesario que se acos- tumbren los pueblos á rcvspetar las autoridades que constituyen ollas mismas; 3' los depositari()s del po- der es necesario (¡ue se acostumbren también á de- volverlo sin repugnancia, como que no es su pro- piedad ó patrimonio. — El Congreso observa con disgusto que el General encargado del Gobierno de la Provincia, v al frente de la fuerza armada des- tinada para sostener la tranquilidad y el orden ¡m- blico, ha tolerado y hasta cierto punto autorizado también un movimiento popular dirigido á pedir tumultuariamente su continuación en el mando, en que había cesado por el ministerio dé la ley. Y no ad\4erte que hubiese toniado medida alguna para sofocar el movimiento en su origen, dando así lugar á conjeturas poco honrosas, de que por des- gracia están rara vez exentos los que ocupan los primeros puestos de una líepública. Mas esto mal es 3'a sin remedio: trabajoso al menos en (jue no sean tan funestos sus resultados. Para esto es indispensable (pie se sostenga á toda costa el res- peto á las leyes, y muy particularmente á las personas, cualquiera cpie haya sido su opinión en esta convulsión desgraciada. Pero sobre todo es de la más alta importancia (pie sin jx'^rdida de Inomentos se reúna nuevamente la Representación provincial, y tpie su reunión se haLi,'a precisamente con aiToglo á la lev fundamental de la Provincia:
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SU alteración so miraría siempre como un atentado, si no es obra de la Provincia misma. Si en el momento en que se haya reunido la Representa- ción, el General se descarga de una autoridad, que por el solo hecho de reunir y acumular todos los poderes es odiosa á un pueblo libre; si ól se decide irrevocablemente á no continuar un día sólo con el mando con que hoy se halla investido sin la auto- ridad de la ley, habrá entonces llenado su deber, salvado su honor altamente comprometido, restitu- yendo la tranquilidad á su Provincia, y dado á la Nación un ejemplo, poco común, de desinterés y de desprendimiento. — El Congreso espera que el Gene- ral se penetrará de estos nobles sentimientos, que ha ordenado se le transmitan en contestación á su nota citada. — Sala do Sesiones en Buenos Aires, 24 de Marzo de 1S25. — Manuel de Arroyo y Pinedo (Vi- cepresidente) — ^os^' Miguel Díaz F<f^/e^ (Secretario)''.
Eran miembros de la comisión que aconsejaba esta minuta, el doctor Julián Segundo Agüero, el doctor Juan Ignacio Gorriti, el doctor Dalmacio Vólez Sárstield, el deán Funes y don Miguel Villa- nueva. Los dos últimos estaban en disidencia.
Al fundar el proyecto el doctor Agüero, dijo: '^De la misma acta resulta (¡ue ól mismo'' (Bustos) '^ha autorizado eso movimiento, y esto os lo (jue hace el suceso más escandaloso: ól so ha puesto al frente de ese movimiento popular dirigido á soste- nerle en el mando do la provincia; ól ha sido acla- mado á presidirlo, y ha tenido suficiente serenidad para hacerlo y formar osa acta <|ue seguramente no forma la opinión de Córdoba, porque este puo-
— sa- bio no ha tenido parte en ella". Y agregó: "Será cosa muy triste, que todos aquellos que se han de- cidido en favor de las instituciones de la provincia y de la junta de representantes, empiecen á verse prófugos de su .país/ en-antes por otras provincias, buscando un asilo que les niega su país natal . . . Según una indicación que hace el Gobernador, dice que se reunirá la representación, y que se reunií-á con mayor número de ciudadanos. El señor general Bustos no tiene autoridad para hacer variación á este respecto, y cualquiera innovación que se haga ha de ser interpretada de un modo que no le hará honor".
El señor Bulnes, que acababa de incorporarse al Congreso, instado por el deán Funes para que dijera lo que en Córdoba había presenciado, expuso: "Yo vi en aquella sazón, y en el momento mismo de partir, bastantes gentes reunidas, con música y otras demosti'aciones, proclamando al general Bus- tos y rechazando, digámoslo así, el nombramiento del coronel Martínez. He oído también en cjsa reunión ó grupo de gepte, que se amontonaba por las caUes en diversos partidos, denigrar el nom- bramiento de Martínez, dando por motivo que él era enemigo de la causa de la patria, y que por consiguiente á esto seguían proclamando al señor Bustos".
Funes se declaró adversario de Martínez y partidario de Bustos, "no hallando indiscreta la agitación inculpable del pueblo ni la quietud del gobernador Bustos''. Atacó furiosamente á Mar- tínez, diciendo que había pertenecido á los que re- sistieron con Concha y Liniers la revolución, y que
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on un contrasto do las armas do la patria sofolicita- ba por olio 011 carta intorcoptada por la autoridad. Lo contestó ol doctor WUoz: ''El soñor dipu- tado aloga quo ol Congreso no dolíO manifestar sus sentimientos, porque^ (ísto desagradaría al Cíenoral; procura agraviar al gol)(irnador (^locto, quo goza tal vez de mayor opiniíni (pío el general Bustos, pues éste tiene la misma de que Artigas gozaba on otros ticm})os. Si so (juiorc temor consideración á las personas, es digno, sin duda, el coronel Mar- tínez de que con ól se tonga la mayor, aun dado por cierto todo lo que lo ha imputado el soñor preopinante. El, en realidad, no ha tonido más delito para quo se lo injurio, que ol ha) )or sido elec- to gobernador; y si á esto hombre injustamente^ so le llena de infamia, entóneos sí soni ol caso de quo se resienta la provincia do (.'órdoba (pío lo ha ele- gido goboi'nador. . .El sonor diputado quo so juzga escaso do noticias, os sin duda, ó porque no advierto los hechos quo osUin indicados on ol acta popular, ó poniiio, como ("ú ha dicho on la comisión, hace quince anos (|uo vivo sin relación algiuia on la pi'ovincia do Córdolia, y poi'tjue alh' no tiene (juion le comunicpio. Poro os im|)osiblo, sonoros, quo quien está tan escaso do noticias sobre los hechos públicos, tan scHo sopa lo quo hay c^n contra del coronel Martínez, ó lo quo (piisicra el señor diputado que hubiera. Con todo ello nada se habrá concluido á mi ver, porque el general Bustos habría hecho el movimiento siempre quo otro (jue el hubiese sido el electo. En prueba do esto yo sólo diré, que por cartas del mismo general Bustos á uno do los seño-
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res de la comisión que se han opuesto al dictamen de la mayoría, se sabe que él trataba de hacei'se reelegir, y de ser gobernador aunque la junta de representantes no lo eligiese. Desmiéntaseme, se- ñores, si no es cierto lo que digo: y á pesar de esto» los señores diputados que lo saben mejor culpan todo á que el coronel Martínez es enemigo del sis- tema patrio! Será cierto, señor, pero él jamás ha hecho llorar á su País, ni jamás su nombre ha lle- nado de luto á la nación, como el del general Bus- tos en dos ocasiones", (i)
El diputado por Buenos Aires doctor Manuel Antonio Castro, después de lamentar que en el re- cinto del Congreso se hubiera personalizado una cuestión de piincipios, dijo: "A uno y otro conoz- co" (á Bustos y á Martínez). "He tenido el honor de gobernar la pro\nncia por tres años, y por lo mismo he tenido la obligación de instiniirme del mérito patriótico de los ciudadanos y de sus cuali- dades personales. Indagando el del coronel Martí- nez no faltó quien me lo presentara como enemigo de la pati'ia; pero al fin lo obsorv^é, y lo tuve por patriota. Me consta, y por mi medio ha hecho serWcios de mucha monta con su dinero y hacienda al ejército auxiliar del Perú. Tiene en Córdoba buen crédito, á juicio de todos; tiene reputación como la puede tener el señor Bustos. Me absten- dré de asegurar que la tiene mayor. Tiene repu- tación de hombre de bien y de buenas relaciones;
(1) El debate do este asunto se halla en el Diario de Sesio- nes del Congreso Geiieral Constituyente^ número 24.
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y aotoB positivos han acreditado el juicio de su provincia á este respecto • . . Tirano es el que se apodera de la autoridad ó del gobierno que no le ha dado la ley: ¿y por no agriar á un tirano ha de callar el Congreso?^'
Como los miembros disidentes de la comisión (Funes y Villanueva) sostuvieran que el Congreso, después de su sanción de 23 de enero, no podía intervenir en los asuntos internos de las provin- cias, el diputado Bedoya hizo leer dos artículos de sus instrucciones que decían así: "10 — A efecto de mantener la paz y armonía en (jue se hallan unas con otras las provincias, y de que cada una se mantenga en un orden regular en su administra- ción interioi', el Congreso so encargue de la tui- ción de sus instituciones, y de juzgar por ollas las discordias que se susciten entre unas y otras, y en cada estado particular entre sus gobiernos y sus habitantes. 11 — La pro\nncia de Córdoba pasa á sus diputados el reglamento constitucional que la rige, y sucesivamente los comunicaré las variacio- nes que en él se hi(úeren por esta Legislatura, para que el que á su v^ez ejerciere las funciones de procurador suyo en el Congreso, presento la re- gla porque deba ser juzgada en los dichos casos, y promuevan lo conveniente á la conserv^ación do la paz y buen orden, (l)
(1) Las instrucciones á los diputados constaban de 12 artícu- los, que contenían en resumen: 1.° Ninguna innovación en cuanto á la religión del Estado; 2.° Ceitación de los diputados en el caso de que el Congreso hiciera lo contrnrio; 3.* ÍIanteni*niento de la disciplina eclesiástica^ sin la menor alteración, á menos que se efectuare la reforma con el concurso de la Silla Apostólica;
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El señor diputado Valentín Gómez sostuvo la facultad del Congreso para intervenir en el caso, á pesar de la ley de 23 de enero. Dijo: "Se trata de la violación de las leyes fundamentales de la provincia de Córdoba, ¿y en qué materia? En una materia que afecta hasta el valor de la represen- ción nacional: porque si la junta proWncial de Cór- doba ha podido ser disuelta, si su representación no es sagrada, ¿con qué derecho se sientan aquí los diputados por aquella provincia?"
Bustos se burló del Congreso y de la opinión pública. Con anterioridad á la sanción de la mi- nuta había convocado á nuevas elecciones, y los nuevos representantes se reunieron el 4 de abril, rat¿ficaro7i el nombramiento popular (textual) de Bustos, y le recibieron el juramento de ley*
Y esos repi'esentantes eran hombres que sabían lo que hacían, y por lo mismo no tienen disculpa ante la historia. Estaban allí: el doctor José Ma- ría Fragueiro, doctor José Antonio Ortiz del Valle,
4.^ Procurar el nombramiento de un Nuncio que facilitase las cor- diales relaciones entre la >Santa Sede y el Estado. 5.^ Rechazar toda iniciativa ó proyecto que pudiera tender á la dependencia de España ó de cualquier otra potencia; 6.^ Promover la termi- nación de la guerra hasta tocar los últimos recursos del país; 7.° A este ñn concurriría la provincia de Córdoba con todos sus ha- hitantes, armas y facultades; 8.° Entrar en pactos ó alianzas con otras naciones, siempre que reconozcan la independencia y ayu- den á sostenerla; 9.o Conservación del actual estado político de las provincias hasta que cambien las circunstancias y puedan adoptar una constitución permanente; 10.** y ll.o (los del texto); 12.** Mientras no pudiera la provincia nombrar especialmente un agente suyo ante el Congreso para sus negocios peculiares, las funciones del mismo serían desempeñadas por uno de los diputa- dos de Córdoba, nombrado especialmente (Archivo de la Legisla- tura, libro 2 de actas, sesión del 10 de setiembre de 1824).
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don Andrés Aramburú, licenciado Juan Prudencio Palacios, Joaquín Crtubcy, José Veloz, doctor Viconto Agüero, doctor José Ro<jue Funes, docitor Estanislao Learte, doctor Francisco Ignacio Bustos, doctor Pe- dro Ignacio Castro Barros, doctor José Roque Sa\ id, don Juan Pablo Bulnes, don Carlos del »Signo y doctor Miguel del Corro.
Pocos meses pasaron sin que conocieran al usur- pador y le dieran la espalda, como merecía. En una queja que elev^aron el 2.-} de agosto al Congreso General decían: "La tercera representación provin- cial de Córdoba, al paso que tiene el honor de ele- var por la primera vez su voz ante la augusta y respetable asamblea nacional, en una época y cir- cunstancias en que su existencia sola es el mayor consuelo y esperanza de los amantes de la libertiul y el orden, se ve también posoída del mayor dijs- gusto al presentarse ante ella no para noticiarla de los progresos y adelantamientos del sistema re- presentativo, que tanto interesa al país, sino para instiTiirla y querellarse de la ilegal suspen:5Íón, ó disolución que acaba de suMr la rejiresontación actual, como las dos anteriores (¡ue Ui precedieron^ y en la que, como se deja ver por el docmncnto número 1, se han hollado abiertamente la inde- pendencia ó inviolabilidad que caracteriza á los cuerpos representativos''. Firman este documento: Corro, Ortiz del Valle, Castro Barj'os, \'élez, Agüe- ro, Urtubey, Funes y Savid, habiendo antes renun- ciado otros. Verdad es que en el coníliítto con el Cíobcrnador procedieron irregularmento, come consta en el capítulo posterior; poro la conducta do éste
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fué aun más irregular y abusiva: como que no exis- tía ley ni consideración alguna que pudiera dete- nerlo en su intento.
¡Qué distinta figura la del general Gregorio de las Heras, gobernador de Buenos Aires! ¡Cuan pequeño aparece Bustos en la comparación! Éste, cual perro sabueso permanece adormecido y echado sobre sus laureles de Arequito, afable y meloso con todo el mundo, con fosforescencias de patriotismo á veces, tardío en concebir y pesado en obrar, ir- guióndose soberbio y rabioso cuando oye que el pueblo le disputa el gobierno. Sable en mano en- tonces, ocultándose hipócritamente en las sombras, empuja las muchedumbres al tunjulto y al desen- freno, garantizadas por dos mil soldados que lle- nan los cuarteles.
Las Heras, llevado al poder sin él quererlo ni saberlo, hallándose á centenares de leguas de donde se verificaba su elección, casi al mismo tiempo en que aquel detentaba tan escandalosamente el go- bierno de Córdoba, renuncia el gobierno provisorio de la Nación, instando, exigiendo al Congreso que la acepte. Violentado por la voluntad de éste, se hace cargo del P. Ejecutivo Nacional, y pasa á los gobernadores una circular notable en el fondo y en la forma, exponiéndoles los escollos que po- dían hacer fracasar de nuevo la autoridad central, ó indicándoles las medidas administrativas que par- ticularmente debieran las pro\Hnc¡as dictar á fin de llegar á una organización general sólida y esta- ble: ''l.^ Arreglar cada Provincia su administración interna" (decía) "sobre un pie de estricta eco-
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nomía, esto es: que no se gaste más en adminis- trarse que lo puramente necesario al buen servicio; 2.® Publicar con exactitud los medios y recursos de la Provincia, y sus gastos, sin temor de que aparezca un déficit: porque el crédito no se perju- dica tanto por el conocimiento de un déficit como por el misterio, por la incertidumbre y confusión; 3.^ El establecimiento de impuestos coij inteligencia y arreglo á los buenos principios, para que ellos perjudiquen lo menos posible á la acción produc- tiva de la industria, que es la fuente de la riqueza pública y el fondo y la verdad do las rentas; 4.° Examinar y hacer conocer las propiedades públi- cas que pueden hacerse valer y servir de hipoteca á las deudas que contraiga la nación; 5.^ Estable- cer como ley sagrada la inviolabilidad de las pro- piedades y de las personas en cada una de las Provincias''. (O
(1) Gonsignamos in extenso ese documento porque es honroso para el país que tales hombres contaba:
cBuenos Aires, Enero 28 de 1825.
El Gobierno de la Provincia do Buenos Aires al aceptar el en- cargo de desempeñar las funciones del Poder Ejecutivo General que le ha sido encomendttdo provisoriamente por ol articulo 7.^ de la ley fuudamontal sancionada por el Congreso General Cons- tituyente de las Provincias Unidos dol Río de la Plata, ha con- tado con la cooperación eficaz de los (Jübiernos de las domas Pro- vincias^ y se dirige ahora al Exmo. sofior Gobernador de Córdoba en continuación de la correspondencia y relaciones establecidas para el grande objeto de la organización nacional.
Instalado ya el Congreso Nacional, el honor y el interés ge- neral de los Gobiernos demanda toda especie de atención y sa- criñcioSy para que esta obra de sus manos corresponda á los deseos
{r necesidades de los Pueblos no menos que á la espectación de as naciones que nos observan. Mus para que los esfuerzos de
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Las palabras nada valen en contraposición de los hechos. Bustos pregonaba su anhelo do que se constituyera una autoridad nacional; pero cuando
los Gobiernos no so malogren^ es indispensable que ellos vayan de acuerdo y establezcan una comunicación regular y enteramente franca y cordial entre si respecto de sus doctrinas políticas y del estado y circunstancias respectivas de sus Provincias. El Go- bierno de Buenos Aires se propone esto como un deber sagrado, y en conseqüencia va á hacer al señor Gobernador las observacio- nes que juzga ser más urgentes, y que llamarán sin duda toda su atención.
Desde que el Gobierno de Buenos Aires abrió sus relaciones con los demás á efecto de reunir un Congreso General, estable- ció como «primera base el respeto á las autoridades é institucio- nes existentes. iSu Legislatura resolvió después, que la Provincia seria regida por sus propias instituciones hasta la promulgación de la Constitución, y este Gobierno lo comunicó al Exmo. señor Gobernador de Córdoba en conseqüencia de lo que le habia ofre- cido. El Congreso General ha sancionado el mismo principio en el articulo 3.* de la ley fundamental, y esta resolución, á juicio del Gobierno de Buenos Aires^ ha asegurado la autoridad del Congreso y la organización de la nación. El Congreso ha esca- pado por ella de comprometerse en el inextricable laberinto de las pretensiones, de los recelos, de las preocupaciones locales^ que nunca podría arreglar por sí y dQ cuyo empeño sacaría un infa- lible descrédito, que habría merecido, ciertamente, desde que lle- gare á desconocer el riesgo y la imprudencia de semejante com- promiso. Los Pueblos por su parte poco tienen qué temer de los errores ó de las desviaciones del Congreso: sus negocios domés- ticos, la administración interior, todo cuanto puede serles de un inmediato interés queda en sus propias manos; nada pierden, y mucho esperan del cuerpo nacional. La marcha de éste está ex- pedita y fácil; la adhesión de aquellos debe ser natural y sincera.
£1 principio que ha asentado el Congreso General en el arti- culo 3,0^ después de haber asegurado su existencia y colocado su autoridad en la altura que le corresponde para no perecer, alum- bra el camino y desvanece las sombras en que parecían envueltas las dos cuestiones más graves y más peligrosas, á saber: el es- tablecimiento de un Poder Ejecutivo, y la creación de un tesoro nacional. La insubsistencia délos Gobiernos Generales que hasta aquí han tenido lugar en las Provincias, los recuerdos odiosos que han dejado en los Pueblos, ha nacido, á juicio del Gt>bierno, de un error funesto, esto es, el de comprometer á un Gobierno Nacional á llenar por sí las diversas exigencias de cada Pueblo en un vasto territorio y ejercer su acción directamente sin las modificaciones de las autoridades locales y sin los conocimientos
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se instaló ol Congreso, desacató sus resoluciones y desoyó los sanos consejos del P. Ejecutivo de la nación. Dice el señor doctor Saldías: que "opuso
peculiares y prácticos de cada nno. Este compromiso es superior á la capacidad humana. La acción directa del Goblomo General lastima una multitud de intereses municipales, al ejecutar la ley más saludable, y no sirve, ó sirve inadecuadamente á un número de deseos laudables y vehementes de cada distrito. De aqui mil odios y mil esperanzas engañadas; do aquí la inercia, las resis- tencias sordas, la agitación, el choque, y la disolución en seguida. Los Pueblos no pueden sufrir la acción del Gobierno: éste no puede sostenerla; mas si se procede en conseqüencia del principio sancionado por el Congreso Nacional, es fácil advertir que puede constituirse un Poder Ejecutivo permanente sin tales inconve- nientes.
Más envuelto aún y más difícil parece la solución del pro- blema de la formación de un tesoro nacional. Es evidente que las rentas y productos de las Provincias no bastan hoy á sus necesidades ordinarias, y que para los gastos nacionales son in~ suficientes. La creación de rentas es urgente, sin duda, al paso que se creo obra larga, peligrosa y difícil en el estado actual de los Pueblos; pero esta empresa seria no sólo difícil sino imposi- ble, absolutamente, si por la ley fundamental no se hubiese dejado á cada una de las Provincias sus propias instituciones, y á sus Gobiernos la facultad de cooperar activa é inmediatamente.
Si ha de subsistir la unión, si ha de formarse cuanto antes un Poder Ejecutivo General, y sentir los Pueblos los beneficios que esperan de su reorganización nacional^ es preciso que cada Go- bierno de las Provincias entre sin perder tiempo en la obra de formar el tesoro nacional; y el de Buenos Aires creo que cumple con lo que debe, explicando francamente al señor Gobernador á quien se dirige sus ideas prácticas en esta importante materia. Es cierto que las contribuciones é impuestos no pueden bastar hoy á las necesidades de cada Provincia, ni á las generales de la na- ción para su seguridad, defensa y prosperidad. Por conseqüen- cia, debe formarse un crédito nacional, y para que éste puec^a formarse parece indispensable:
Primero — Arreglar cada Provincia su administración interior sobre un pie de estricta economía, esto es: que no se gaste más en administrarse que lo puramente necesario al buen servicio;
Segundo — Publicar con exactitud los medios y recursos de la Provincia, y sus gastos, sin temor de que aparezca un déficit; porque ol crédito no se perjudica tanto por el conocimiento de un déficit como por el misterio, por la incertidumbre y confusión;
Tercero — El establecimiento de impuestos con inteligencia y arreglo á los buenos principios; para que ellos perjudiquen lo
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resistencias que no pudo vencer el general Las Heras, las cuales derivaban de la especie propalada de que el Congreso tenía por único objeto unita-
menos posible á la acción productiva de la indastria, que es la f nente de la riqaeza pública y el fondo y la verdad de las rentas;
Caarto — Examinar y hacer conocer las propiedades públicas qoe pueden hacerse valer y servir de hipoteca á las deudas que contraiga la nación;
Quinto — Establecer como ley sagrada la inviolabilidad de las propiedades y de las personas, en cada una de las Provincias.
De este modo, docretándose cada Provincia sus impuestos, arre- glando cada una sus gastos y juzgando de sus inversiones, qui- taría al Gobierno General todo lo odioso de una ejecución mal apropiada, y facilitaría las luces y conocimientos que el Con- greso y el Ejecutivo necesitan para dar dirección al todo y no equivocar las medidas de un interés nacional. El crédito se for- mará en las Provincias que no lo tengan; él vendrá á aumentar el de aquellas que ya lo hayan formado, y su fuerza unida dará un vigor creciente al crédito nacional y bastará no sólo á cubrir los gastos ordinarios y extraordinarios de defensa y conserva- ción del Estado, sino á fomentar aquellos grandes manantiales de riqueza peculiares de cada Provincia y que es indispensable fomentar para que, gozando el Pueblo del fruto de la Indepen- dencia^ pueda contribuir cada vez más y con menos violencia.
Aquí el gran principio de conservar lo que existe vuelve á presentarse con toda su importancia. Es preciso respetar y conservar el crédito que se halle ya formado en cualquiera de las Provincias, no disminuirlo, no anularlo con exigencias enor— mes é indefinidas que asusten á la imaginación é inspiren des- confíanza, porque la ruina del crédito de esa Provincia será una pérdida nacional. Por el contrario la marcha es nacionalizar ese crédito, acumular á él el que se vaya formando cada una de las demás Provincias. Así, todas se verán mutuamente enlazadas por sus intereses, enriquecidas con el crédito común y en aptitud de caminar á largos pasos á la prosperidad y á la opulencia. En vez de ocupar el tiempo en disputas tan pueriles como odio- sas, es preciso á juicio del Gobierno de Baenos Aires sentar de- cididamente el principio de que cada Provincia dispone, adminis- tra y distribuye los recursos que le da su población, su situación ó sus peculiares ventajas, y proceder sin demora á sacar todo el partido de ellas para el bienestar interior de cada una, que debe constituir la fuerza y el poder de la nación que se han re- suelto á formar, con el fín de asegurar su prosperidad particular, y de obtener aquellas ventajas que sólo pueden esperarse de una asociación nacional.
El Gobierno de la Provincia de Buenou Aires ha revelado al
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rizar ol país, haciendo desaparecer todos los go- biernos de provincia''. (2)
Lo que no quería Bustos era que nadie per- turbara su dominación. La carta fundamental de la provincia había sido violada por la fuerza para continuar ól en el gobierno cuatro años más. Pero esto no le habría sido suficiente; teiminado su se- gundo período reformaría la constitución, como lo hizo don Manuel López, eliminando el artículo que prohibía otras reelecciones. En ese camino estaba cuando en 1829 lo hizo rodar Paz: había cumplido ya ol segundo término de su mandato, y no obs- tante, continuaba impávido gobernando y hasta delegando un poder que retenía sólo por su propia voluntad.
Ante esta piratería política, poco móiito tienen sus actos posteriores en la guerra con el Brasil: ellos jamás dejarán de venir de un detentador. El pueblo de Córdoba, sin Bustos, hubiera prestado á esa causa su concurso, porque poseía como todos sus hermanos el sentimiento sublime del amor á la patria. Hipócrita y taimado, ofreció el ejórcito que no podía sostener, cuando comprendió que su
Boüor Gobernador de Córdoba hasta lo más intimo de sus senti- miontoB, en los puntos graves que abraza esta su primera comu- nicación. Sólo este lenguaje le ha parecido digno de la posición de los Gobiernos de las Provincias y de los pueblos que rigen. El será correspondido, ciertamente, y esta esperanza le anima para arrostrar de nuevo todo género de trabajos y sacrificios á fin de obtener el grande y honroso objeto que se propusieron lus Provincias en la instalación del Congreso ^^acional.
El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires saluda con su mayor consideración al señor Gobernador á quien se dirige.— Juan Gregorio dk las Hkras. — Afanuel J. García,
(2) i/, de la C. Argentina, tomo 1.®, págs. 184 y 185.
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ambición no sería cx)nfcrariada más por las autx>rida- des de la nación; y el Congreso, que actuaba en una región ajena á pasionas personales, olvidó, en momen- tos de peligro para el país que había sido desacatado, dirigiendo al encargado del Poder Ejecutivo Nacio- nal esta nota reservada: ^Se ha hecho presente al Congreso, y recibido con la más viva complacencia, la comunicación del señor Grobernador de la Pro- vincia de Córdoba, fecha 18 del próximo pasado Julio, que le dirige en copia el Poder Ejecutivo Na- cional en su nota de 28 del mismo. El celo ani- mado de los más ai'dien tes deseos por la seguridad y defensa del País que aquella comunicación transa pira en todo su contexto, manifiesta el espíritu y disposición con que aquella Provincia y el Jefe que la preside están decididos y se preparan á desplegar quantos recursos estén al alcance de su poder. Debiendo este exemplo obrar con poderosa influencia en las demás Provincias, son de esperar de la activa cooperación de todas, á su imitación, los efectos más favorables á beneficio de los impor- tantes objetos que hoy afectan ó interesan á la Na- ción. A su mérito, ha acordado, y desea el Con- greso, se trasmitan estos sentimientos al conocimiento del (robiemo y Provincia de Córdoba, y el Presi- dente que subscribe tiene el honor de comunicarlo al Gobierno encargado del Poder Ejocutiv^o Na- cional, ofreciéndole con este motivo su más atenta consideración. — Manuel de Arroyo y Pinedo. — Alexo de Villegas'". 0)
(1) Comjñlación, tomo 7.°, pág. 226. (Nota del 6 agosto 1825),
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Y ese jefe de provincia^ que daba ejemplo á los demás gobernantes, se había limitado poco antes á acusar recibo á ese Congi-aso de la comu- nicación en que le avisaba que no era por él re- conocido, agregando como por mofa, que el 4 de abril había tenido lugar su reelección!
El poder de Bustos quedaba consolidado por el imperio de las circunstancias, por la emigración de sus más temibles advei'sarios, por el apoyo do personas de representación social, y hasta por con- sentimiento do las autoridades nacionales. Esto lo envalentonó de tal modo, que se llovó por delante todo: amigos y enemigos, leyes y justicia, pretendiendo hacer aun aquello que no estaba al alcance de su brazo armado.
/ Hubo de caer varias veces, envuelto en su propio desprestigio, antes de ser derrocado por el general Paz, como lo veremos luego; y al emigrar de Córdoba sólo llevó las simpatías de los caudillos de la campaña, que estaban avenidos con 61, como se avinieron en seguida con los gobernadores que se sucedieron hasta la caída de la tiranía.
En el primer período de su gobierno tuvo Bustos de secretarios á don Tomás Montano, Dr. Francisco Ignacio Bustos y coronel Francisoo Be- doya. El señor Montano, quo fué nombrado en el interinato de Díaz, actuó en 1820; ol Dr. Bustos, nombrado en el interinato de Bedoya, desdo prin- cipios de 1821 hasta julio do 1822, y el coronel
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Bedoya, que reemplazó al doctor Bustos, desdo dicho mes de julio de 1822 hasta enero de 1825.
El señor Bedoya se separó de Bustos un mes antes de la elección del coronel Martínez, estando indudablemente en el secreto (l) de lo que iba á ocurrir, pues su hermano el doctor don José Ma- ría fue uno de los que votaron por Martínez.
El doctor José Dámaso Xigena acompañó A Bustos como asesor letrado en sus dos períodos de gobierno.
(1) El doctor Lopoz dico á este respecto: .Al favor de estas sugestiones (de los liberales de la capital), y de una gran reser- va, los adversarios de Bustos, confiados en el favor del Congreso y eH la cooperación de los diputados Agüero y Gómez que dispo- nínn allí de una segura mayoríu, y que se consideraban con bas- tante nitlujo para ofrecer el apoyo del gobierno provincial de Bue- »ofl Aires, consiguieron armar la más cómica tramp¿ que pueda haberse hecho en alguna parte del mundo, para burlar á un am- bicioso ramplón y vulgar, de esos que apenas tienen habilidad para enredarse en sus propias mentiras y arterías». (U de la R, Argentina, tomo 9.*>, págs 35(i y 357). '
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CAPITULO XVIII
Segundo periodo del gobierno de D. Jaan Bautista Bustos
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Marcha de un contingente d las órdenes del coronel José María Paz. — Contemporizaciones^ y nuevas violencias de Bustos contra la Legislatura, — Desconocimiento de las resoluciones del Congreso* — Iaí diputación de Córdoba, — Pronunciamiento de la Legislatura por el sistema federal, — Rechazo de leyes fundamentales del Congreso,— Destitución de diputados na-- dónales, — Debates en el Congreso^ y declaración de éste re- conociendo como diputados á los destituidos por la junta de de Córdoba, — Actitud de rebelión de las autoridades de la provincia, — Facultades omnímodas d una comisión legisla- tiva.— Rechazo de la Constitución Nacional. — Conato de re- volución.— Intromisión de Bustos en la causa, y renuncia de todos los miembros del tribunal. Anulación de la sentencia de éste y condenación de los revolucionarios. El nuevo tri^ bunal. Ratificación del desconocimiento de las Ityes nado- íÚLiles, — Disolución del Congreso Nacional. — Convocatoria á un nuevo Congreso. Diputados por Córdoba. — ReconoH- miento de la deuda nacional. — Renta y gastos.— Obras pú- blicas.— Subordinación vergonzosa de los diputados al Con- greso de Santa Fe. Destitución de éstos. La suma del poder público á Bustos. Inacción de éste en pt*esencia de la revo- lución de Lavalle en Buenos Aires.— Emisario de San Luis. — Invasión del general Paz, Entrada de su ejército á la dudad, — Negociaciones con Bustos, que se habia retirado á San Roque. ^Delega el mando Bustos en Paz.—ÍM batalla de San Roque. — Entrada triunfal de Paz d la ciudad.— Co- rolario.
Bustos, ya lo hemos dicho, mandó con desti- no á la Banda Oriental 1.000 soldados de línea y
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600 reclutas do Río Soco, Tulumba, Santa Rosa, 3^. Arriba y 3^. Abajo, concentrados en la \illa del Rosario.
Debió comandar este contingento el coronel La Madrid; pero á consecuencia de la revolución que hizo en Tuciinián al gobernador don Javier López, filó reemplazado con el coronelJosó María Paz. (1) El Congi-eso declaró tumultuaria y anár- quica la conducta del coronel La Madrid; y el Ministro de la GueiTa pidió al gobierno do Cór- doba tuviera listos 500 hombres, para que, con otras fiíerzas que se preparaban en otras provincias, ope- rasen contra aquel, si no obedecía la Orden que so le daba de bajar á Buenos Aires y se declaraba en rebelión.
El gobierno de la nación, que tenía fija la Aista en el Brasil, (^) se daba por satisfecho con la "activa cooperación con que el señor goberna- dor de (córdoba se ha empeñado en llenar las leyes del Congreso f Joneral Constituyente, que han sido dictadas con tendencia á organizar y defender la integridad nacional. (^) Poco le importaban los desmanes de los gobernantes en el interior, mucho menos si ellos eran (*ometidos por un soldado que tenía (a, honra de ser de los primeros héroes de
(1) Faz llegó del Norte con el batallón «Cazadores de Salta» cuando ya había salido de Córdoba el contingente en dirección á San Nicolás
(2) La guerra fué declarada por el Emperador el 10 de di- ciembre de ese año de 1825.
(3) Nota del ministro Bal caree á Bustos, focha 24 de noviem- bre de 1825, on el archivo.
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la revoluc¿ñn, como asimismo se había calificado ol de Córdoba, haciendo valer este título para que se le respetara en la perpetua administración de la pro^"incia.
Las contemporizaciones alentaban cada voz más á Bastos; y cuando la Legislatura que había hecho á su antojo quiso sacudir la sumisión, puso la mano sobre ella, como lo hizo cOn la anterior. Habiendo renunciado un diputado, resohdó la ma- yoría que la Sala debía nombrar el reemplazante, fundándose en la práctica, y en que un proyecto que disponía se hicieran las elecciones directamente por el pueblo no astaba aún sancionado. Eligióse á don Capistrano do la Torre, que no sabía muy bien al Gobernador, y éste observó la elección, ne- gando el derecho con que creía haber procedido la Legislatura. Renunciaron otros diputado*^, de los más allegados á Bustos, y se ausentaron varios. Como se hiciera difícil por estas causas formar quorum^ resolvió la minoría la cosa más original que imaginarse pueda. Declaró que los dos ter- cios que por anterior resolución necesitaba la Sala para funcionar, debían contarse respecto de los que cs/nv¿r7^an en la ciuJaiL os decir, que si había tres en ella dos bastaban. Esto era monstruoso, y atenúa la intromisión de Bustos. (4)
« *
(4) En el informe elevado al Congreso por Bustos con fecha 23 de setiembre, se lee este párrafo: «I.a provincia toda, por este fatal acuerdo debía sufrir se fallase sobre su destino y sobre sus intereses por tres solos de sus representantes, si sólo cinco llegaban á quedar en el pueb'o, de cuyo caso no se estaba ya muy distante: ¿y qué gobierno afecto al orden y amante de su provincia podria tolerar en silencio tan desmesurado mal?».
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Ocurrió algo curioso antes do quo los diputa- dos llegaran á tal extremo. Escaso ya considera- blemente el número, por nuevas renuncias, el doctor Loarte renunció también. No habiéndosele acep- tado la renuncia, se expresó en términos duros contra la Legislatura, y se negó á concurrir. Se pusieron en juego medios prudentes para quo asis- tiera, pero todo fué en vano. Se le amenazó con traerlo por la fuerza, y entonces desbordó, dirigien- do este oficio: "La Representación Provincial está viciada y minada en sus principios, y carece de autoridad para compelerme". El Presidente, "vol- viendo por Jos respetos y dignidad del cuerpo", pro- puso que se llamase al señor Loarte para que ex- plicara sus palabras. Aceptada esta medida, el doctor Corro pidió que cuando concurriera, sólo fuera interrogado por el Ih-esidente, sin que nin- gún otro pudiera hablar. El señor Loarte debía ser hombre de no sufrir pulgas, á juzgar por las precauciones que se tomaban en pre\nsión de un nuevo desacato. Asistió á la sesión á que se le había llamado, y dio amplias explicaciones, reti- rando cuanta palabra ofensiva para la Sala hu- biera pronunciado; pero terminó expresando termi- nantemente, que el que lo había injuriado por la prensa con motivo de una discusión en el recinto legislativo, y que se hallaba sentado allí (don José Vélez), no podía sor. diputado, pues quo era deu- dor ejecutado del fisco; así como tampoco podía serlo el doctor Ortiz del Valle, según el capítulo 6". del reglamento, por(|ue regenteaba la cátedra de jmisprudencia en la Universidad. Los señores
s
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Vélez y Ortiz fueron separados de aquella sesión, por votación. Tanto insistió en su renuncia el señor Learte, que al fin le fué aceptada.
Algunos días después, comprobadas ías tachas, quedaron definitivamente separados Ortiz y Velez.
La Legislatura continuaba ftmcionando con menos de las dos tercei'as partos de ley. El 4 de agosto (1825) sesionó con siete miembros, sietulo esfe número (dice el acta) el de las dos terceras partes de los fíeprese/ita/ifes que ea-isten en el pueblo. Esta irregularidad sii-vió de pretexto á Bustos pai*a suspenderla en el ejercicio de sus fun- cienes. Pretexto, decimos, porque la verdadera causa se encuenti^a en la filiación política de la mayoría de los individuos que la componían en ese momento. El Gobernador dictó el decreto de suspensión el 17, fundándose *^en las divisiones en que estaban sus miembros, efímera existencia de ella, ilegal representación por la reducción de sus miembros, y en custodia de las leyes rotas por la misma Sala declarándose existente".
El 9 se había reunido para considerar la le}^ nacional de 21 de junio referente al voto de las provincias sobre la forma de gobierno, "dejándose abiertas las discusiones para resolver detenidamente y con mejores conocimientos". Desde el 9 no se reunió más hasta el día en que fué suspendida, en cuya sesión acordó dirigii'se al Congi-eso, "como juez designado para este caso por el artículo 10 de las Instrucciones dadas á los Diputados de la Prov^incia, para que resueUa. la competencia''.
Debió sor cierto lo que dijo el doctor Elias
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Bedoya on el Congreso en la sesión del 16 de junio del año siguiente de 1826: que estanrlo para ex- pediri<e la junfa facorahleincíUe al unte nía nníla- rio, fac'(I¿suel/a ¡jor fíuHtos. (^)
(5) Purece qae había tomado por modelo Bustos en este parti- cular á I barra.
Era maña del tirano de Santiago disolver Legislaturas. El di- putado al Congreso por aquella provincia don Fólix Ignacio Frías, dijo en la sesión del 2d de setiembre de 182G en que so trataba del articulo constitucional relativo á la forma de gobierno: «Ha disuelto todas las juntas^que ha habido en el tiomj)ode su mando, las cuales no tienen libertiid^ ni podrían tener nunca si alguna mano feliz no lo separara>.
Dorrego le interrumpió: «¿Por medio de algún nsesinato?— «No, señor» (contestó Frías): cPor las vías legales. Esta es la pro- vincia que tiene su junta actualmente bajo ese poder de fierro, y que ha dicho que quiere federa ción*.
Sin duda aludía Dorrego á este hecho narrado por Zinny en las páginas 639 y 64b del tomo 2.o de su Historia de los Gober- nadores:
tDon Miguel Sauvage, químico y astrónomo, enconado con el gobernador Ibarra, por 200 azotes que, según se decía, lo había mandado dar por falso monedero, con embargo de sus bienes y prisión de su esposa, fué (á fínes de 1828) uno de los que mani- festaban libremente su opinión, hnsta que al cabo llegó á com- prender que había orden do prisión contra su persona; y desde que se consideraban conspiradores á todos los que hablaban, una orden de prisión equivalía á una sentencia de mverto. Asi (se dijo para sí), ya que he de morir ^ trataré de que termine esta matanza por mxiyor. Cargó, pues, dos pistolas y se despidió de sn esposa, á quien manifestó que iba á ser preso como uno de los conspira! dores, y que estaba determinado á asesinar al que so preparaba á matarlo. Sauvage arregló todo aparentemente bien, pero el diablo quiso que la cosa saliese de otro modo. Sabía Sauvage que el gobernador Ibarra, como hacía mucho calor, dormía toda la noche con las puertas y ventanas abiertas, pero con una guardia á la puerta principal. Conocía también el cuarto en que Ibarra dormía, asi como donde el secretario tenía su cama, junto k la puerta del dormitorio del gobernador. Quiso la casualidad que Ibarra, al entrar á su aposento encontrase desocupada la cama de su se- cretario Garro, y prefirió acostarse en ella, por el mucho calor que hacia para dormir adentro. El secretario llegó más tarde, y encontrando su cama ocupada fué á acostarse en la del goberna- dor. En esto llega don Miguel Sauvage, y, despreciando, por ignorancia, el verdadero objeto que le preocupaba, introdujo su
»^
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Nótese que la Legislatura que había reempla- zado á la que eligió gobernador al coronel Martí- nez, invocaba para pedir la intervención del Con- greso, los mismos principios invocados por la otra, desconocidos, argüidos y rechazados por Bustos y sus parciales dentro y fuera del Congreso.
La discusión que en este cuerpo originó este otro manotón del intruso gobernador de Córdoba, no fué vehemente y apasionada como la primera, porque la fibra patriótica de lt)s congresales estaba ahora templándose á los golpes certeros del que me- reció el honor de la nota reservada del 24 de no- viembre.
Sin embargo, no faltaron voces viriles que con- denaron otra vez la nueva injuria hecha á las ins- tituciones.
La queja de la Legislatura de Córdoba pasó á estudio de una comisión especial compuesta de los diputados: don José Amenábar por Santa Fe, don Julián Segundo Agüero por Buenos Akes, don Re- migio Castellanos por Salta, don Francisco Delgado por Mendoza, y don Narciso Laprida por San Juan.
La comisión presentó este dictamen, que fué
pistola por uua de las ventanas abiertas, disparándola sobre el
3ue ocupaba la cama del gobernador. En la creencia de haber ado muerte á Ibarra, no hizo Sauvage esfuerzo alguno para es- caparse, sino que se entregó á la guardia que al instante le ro- deara; pero^ cuando el desgraciado descubrió su error, y vio que acababa de matar á un inocente, se puso furioso, y arrancándose los cabellos, horrorizado de su acción, suplicaba á los soldedos que lo fusilasen sobre la marcha. >iO lo complacieron, sino que se le conservó atormentándole hasta el día siguiente en que fué conducido á la plaza y fusilado en presencia de sus enemigos. Su pobre esposa se enloqueció al saber tan triste suerte».
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aprobado: "1.^ Pásese al gobierno de Córdoba copia autorizada do la representación y demás documen- tos que la junta de representantes de aquella pro- vincia ha dirigido al Congreso General contra la resolución de 17 de agosto tomada por el mismo gobierno: el que deberá informar sobre todos los particulares que ella comprende. — 2°. Entretanto, y hasta que el Congi'eso resuelva lo conveniente, el gobierno de Córdoba suspenderá todo procedi- miento ulterior en el particular, — 3.° Para evitar los perjuicios que ocasionaría la falta de repre- sentación de la provincia de Córdoba, su gobierno evacuará, sin pérdida de momentos, el informo que por el artículo 1^. se exige. — 4°. Esta resolu- ción se comunicará al P. E. Nacional para que la transmita inmediatamente al gobierno de Córdoba y al presidente de aquella junta".
Pero antes de la sanción, el Congreso escu- chó estas palabras del doctor Vólez Sársfield: *'La junta de Córdoba, bajo el nombre de representan- tes de la provincia, que se queja ahora al Con- greso del procedimiento que ha tenido con ella el general Bustos, ocupó el lugar de una junta legí- timamente constituida, y esto fué en tumulto, en el cual figuraron muchos de los que actualmente componen la sala deshecha por el general Bustos: después de aquello al general Bustos se le antojó convocar una sala de 15 diputados, siendo así que por una ley de la sala de Córdoba debía compo- nerse de siete individuos, poro él la hizo de 15, y esta es la sala que se queja al Congreso. He di- cho: que ella tué convocada por una autoridad que
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no era la competente, y en un número que no era el prefijado por la ley, y que fué hecha en medio del tumulto: por estas tres consideraciones juzgo que Id sala que ahora se queja, jamás obtuvo la re- presentación legítima de la provincia de Córdoba: ella fué siempre la obra del general Bustos: Ade- más de eso, el Congreso le dijo al general Bustos en aquella ocasión, que precisamente debía observar y guardar las leyes que se Imbieran dado en la pro- vincia de Córdoba pata constituir su representación, porque él dijo que iba á hacerlo en ma3^or número del que antes tenía. El resultado fué, que Bustos oyó lo que le dijo el Congreso y no hizo caso, ha- ciendo lo que le pareció. Después de esto, pedirle al general Bustos que informe, y prepararse* para el caso de poder dar una resolución en contra de él, creo que es ofrecerle una ocasión más para que se burle del Congreso. Así es que estoy por la ne- gativa del proyecto, y opino que solamente se acuse recibo, y se archiven esos documentos'\
El doctor Vólez, perspicaz y de gran talento, no podía dudar que Bustos contestaría, seguro de inclinar al Congreso de su parte; pero se ñngió lerdo é inocente, para decir verdades que sus co- legas querían ocultar.
El gobernador de Córdoba contestó, efectiva- mente, narrando lo sucedido y diciendo que en vir- tud de la sanción del Congreso había mandado suspender las elecciones para que había sido el pueblo convocado. (6)
(6) Los debates y antecedentes se encuentran en el «Diario de Sesiones del Congreso General Constituyente», niimeí'os 56^ 66, 58,59 y 64.
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Después de seguir este asunto todos los trá- mites reglamentarios, el 14 de noviembre aprobó el Congreso el proyecto que sigue: ^Artículo I.** El Gobierno de Córdoba procederá sin demora á convocar la Provincia para la elección de los indi- viduos que deben integrar su representación, en lugar de don Carlos Signo, don Estanislao Loarte, don Juan Prudencio Palacios y don Juan Pablo Bulnes, á quienes fué admitida la renuncia que hicieron de su cargo, y de don Pedro Ignacio Castro y Barros que ha casado también por su ad- misión como Representante por la Provincia de Corrientes al Congreso General. — 2.^ Hecha la elección é incorporados los nuevamente electos, la Representación volverá á entrar en el ejercicio de sus ftmcionos con arreglo á las leyes de la Pro- vincia.— 3.° La Representación así de nuevo i'eu- nida, decidirá ante todas cosas las tachas que re- sulta haberse puesto á las pei*sonas de varios de los Representantes, para que en el caso de conside- rarlas legales se procoda desde luego á la elec- ción de los que deben subrogarlos. — 4,® Deberá también ocuparle con la posible preferencia en es- tablecer la regla que fije permanentemente el nú- mero de Representantes cuya reunión haya de considerarse suficiente en lo sucesivo para formar Sala. — 5.** El Congreso recomienda á la Represen- tación de aquella Provincia y su Gobernador la buena inteligencia y mutua cooperación que tan imperiosamente demandan los particulares intere- ses de la Provincia y los generales del Estado. — 6.° Comuniqúese esta resolución al G. N. para que
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la transmita al Gobernador de Córdoba y al Pre- sidente do aquella Junta de Representantes''.
Triunfaba Bustos, porque buen cuidado ten- dría en no dejarse ganar las elecciones. Y así su- cedió: se integró á su gusto la Legislatura, que declaró, inmediatamente, ser el quoru7n constitucio- nal las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros, es decir, diez diputados.
El Gobernador actuaba en esta época con el oficial 1.® don Dionisio Centeno.
La lucha era entre antiguos federales, pues los unitarios de alguna significación se habían ocul- tado ó emigrado. El doctor Juan Antonio Sará- chaga fué apresado en el Saladillo, en el mes de diciembre, por el comandante don Pascual Valdez, y, enfermo, remitido á la ciudad. Esto, á pesar de una ley de olvido y amnistía general^ dada po- cos meses antes por iniciativa del mismo sobrino del Gobernador, el diputado don Francisco Igna- cio Bustos, para que pudieran regresar ala pro- vincia todos los e.r patriados por causas políticas.
La nueva Legislatura se instaló el 17 de di- ciembre, y el 30 nombró para integrar la represen- tación de Córdoba en el Congi-eso (por haber éste dispuesto que se eligiovse un diputado por cada 7.500 habitantes), (7) á los señores José María Fragueiro, Estanislao Loarte. Francisco Ignacio Bustos, Mariano Lozano, Miguel Villanueva, Sal-
(7) Ley de 19 de noviembre de 1825. «Registro Nacionul», tomo 2o. pág. 92, núm. 1851.
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vador Maldonado, Bailón Galán y José Arguello, que con Baigorri, Bedoya y Bulnes completaban el número legal. Renunciaron los doctx^res Fra- gueiro y Bustos, y en distintas sesiones posterio- res fueron reemplazados con don José Marcos Cas- tro y don Alejo Villegas. Se impuso á los electos el término perentorio de 30 días para su presen- tación al Congreso, y como no cumpliesen esta disposición Learte, ni Baigoni ni Galán, fueron declarados cesantes; reeligiéndose á Galán, y nom- brándose en lugar de los otros á los doctores Eu- sebio Agüero y José Eugenio del Portillo.
El deán Funes, sustituto de Baigorri, aceptó el deanato de la Paz, y comunicó al Congreso que por esto quedaba vacante su puesto de di- putado.
Hubo un breve debate sobre el destino que debía darse á tal comunicación; y de acuerdo todos los diputados en (jue en virtud de la ley relativa á las cualidades requeridas para ser miembro del Congreso era indispensable la de ser ciudadano, y que el señor Funes, aceptando el deanato de la Paz renunciaba la ciudadanía natural, resolvie- ron queso le contestara lo siguiente: "1.** Que se ha recibido su comunicación; 2.® Queso ha dado cuenta á la Sala; y 3.^ Que la Sala queda enterada de hallarse vacante la plaza de diputado que ha dejado el señor que subscribe la comunicación". (^)
Los señores Agüero y Villegas renunciaron,
(8) Diario de Sesiones^ etc. número 149.
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reemplazándolos el presbítero don Juan Antonio Etura y el licenciado don Jerónimo Salguero. La renuncia del diputado electo Villegas (que fué se- cretario del Congreso) fué fundada en que sus ideas eran favorables al sistema unitario; y la Legisla- tura la aceptó en esta forma, por ocho votos con- tra cuatro: *^ Artículo único. — Estando en contra- dicción la opinión del señor Villegas con la que ha expresado la Provincia sobre la forma de Go- bierno, 710 puede ser diputado de ella'\
Con esta declaración preparaba la exclusión que pretendió luego de los diputados unitarios en ejercicio ya de su mandato.
La representación de Córdoba en el Congreso quedó definitivamente integrada así: Eduardo Bul- nes, Elias Bedoya, Mariano Lozano, Miguel ViUa- nueva, Salvador Maldonado, Bailón Galán, José Arguello, José Marcos Castro, José Eugenio del Portillo, Juan Antonio Etui-a y Jerónimo Salguero. Los doctores Gregorio Tagle y Vicente López ha- bían sido electos antes, pero renunciaron sin reci- bii'se. Pronto renunció también Arguello, quedando en su puesto todos los demás nombrados, hasta que sobrevinieron las obstrucciones parlamentarias provocadas por el círculo de Bustos.
La consulta del Congreso sobre la forma de gobierno estaba pendiente del dictamen de la co- misión de negocios constitucionales compuesta de don Miguel del Corro, don José Vicente Agüero, don José Arguello, don Francisco Ignacio Bustos, y frai Felipe Serrano (dominico). Esta comisión se expidió el 8 de enero (1826): Corro y Agüero
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por el sistema unitario, y Arguello, Bustos y Se- rrano por el federal. El 13 se pronunció la Le- gislatura en favor del dictamen de la mayoría, es decii', po7' la federado?!, por diez votos contra uno (el señor Corro estaba ausente). He aquí la sanción cuyo artículo 3.** fué indicado por el di- putado Bustos: "Artículo 1"*. La Provincia de Cór- doba se pronuncia por la unión y alianza política con los demás pueblos argentinos, depositando en el Gobierno General toda la porción de soberanía que baste á las vías generales. — 2^. Se reserva el. derecho de su economía ó interior arreglo, — 3.^ La Provincia de Córdoba cree no debe haber capital perpetua de Gobierno, situándola alternativamente en cada una provincia de la República con todas las demás magistraturas nacionales. — 4^. Comuni- qúese al Supremo Poder Executivo de la Provincia". El 4 de Febrero entró en receso la Legislatura, reabriendo sus sesiones el 13 de Abril. Al día si- guiente inició el debate sobre la ley del Congreso creando el P. Ejecutivo Nacional, y dm-ante ocho sesiones consecutivas fuó postergando la resolución para la próxima, hasta que el 29 sancionó un proyecto de don Juan Pablo Bulnos rechazando aquella ley, que era "contra el tenor expreso de la fundamental de 23 do Enero de 1825'\ (9) Tres votos hubo en contra: do los señores Claudio An- tonio Arredondo, Pedido Nolasco Caballero y Do- mingo Aguirre; habiendo votado en pro: Francisco
(9) La BAnción se halla, con fecha equivocada, en el 1er. tomo de la Compilación, págs. 30 y 31, 2.^ edición. La ley uacional de 23 de enero está en la pág. 71 (1er. tomo) del R. Nacional.
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Ignacio Bustos, Julián Gil, Benito Otero, Rafael Galán, Francisco Guzínán, Diego de la Riva, Fray Felipe Serrano, Benito ^jascano, Fernando Flores. y Juan Pablo Bulnes.
De aquí adelante siguió la Sala de Córdoba rechazando todas las disposiciones fundamentales del Congreso, y en todos los rechazos el doctor Caballero salvaba su voto.
El 19 de julio rechazó la ley de capital Ó^)j y el 21 la de 15 de abril, en que se atribuía el Congreso, exclusivamente, la facultad de remover á los diputados. (^^) El 22 acordó la remoción de los que "no hayan nivelatio sus sufragios y con- ducta á las leyes ó instrucciones con que se ha pronunciado esta Proxincia que representan"; y se encai'gó de dar forma á lo acordado, á una comi- sión compuesta del deán Lascano, Guzmán y Bus- tos. Esta comisión se expidió, aprobándose su (dic- tamen el 31 del mismo mes de julio. (^2)
A los diputados removidos por dicha sanción
(10) Está el decreto con errores, en la Compilación, tomo 1®., págs. 31 y 32, 2.» edición.
(11) La sanción es ésta: «Artfculo 1^. En obsequio á la justi- cia, dia;nidad y libertad de la Provincia de Córdoba, en odio de la anarquía y amor al buen orden, que indudablemente cousisten en la religiosa observancia de las leyes, no es aceptada la de 15 de Abril del corriente año sancionada por el Congreso Grane- ral, como contraria á las instituciones de la Provincia, que so- lemnemente se ha comprometido el mismo Congreso á no alterar basta la promulgación de la Constitución. — 2^, En su virttid, la Provincia de Córdoba queda hábil para elegir y remover sus di- putados, á su prudente arbitrio. — 3°. Comuniqúese al P. E. de !a Provincia para que lo trasmita al Congreso General Constituyente, para su inteligencia y demás fines consiguientes». — Archivo de la Legislatura, libro 2^. de actas.
(12) En la Compilación^ tomo lo., pags. 32 y 33^ 2^. edición.
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(Bedoya, Maldonado, Bulnes, Portillo y Villanueva), fué agregado, el 8 de agosto, don Mariano Loza- no, por moción de Bustos^ quien hizo leer un nú- mero de "El Mensajero'' (el 67), que decía que Lo- zano había votado por el sistema unitario.
El Congreso habíase declarado el 19 do julio por este sistema de gobierno, por 42 votos contra 11. De los diputados por Córdoba solamente es- tuvieron presentes en esa sesión Lozano, Portillo, Villanueva, Galán y Castro, votando los tres pri- meíos por La unidad y los dos últimos po7* la fe- deración. Posteriormente, cuando el 4 de octubre se aprobó el artículo 7**. de la Constitución con- fií-mando aquella declaración del 19 de julio, votó también por el sistema unitario Maldonado, no concurriendo ni á una ni á otra sosián Bedoya ni Bulnes.
Las disposiciones de la Legislatura ftioron co- municadas por el Gobernador al Congreso. Al ex- pedirse la comisión á que el asunto había pasado, descubre la impresión desagradable que la domina, y hasta cierto punto, el temor de una conflagra- ción: propone que nada se innove, apresiiráiidose la obra de la> constitucijm que podrá satisfacer
TODOS LOS INTERESES Y APACIGUAR TODAS LAS INQUIE- TUDES.
El señor Valentín Gómez dijo que sólo la pro- vincia de Córdoba rechazaba la ley que croaba el P. E., creyendo ver en ella una disposición reser- vada á la ley fundamental que no estaba aun dic- tada. Calificó de ilegal y antisocial la resistencia de la junta de Córdoba; pero á pesar de esto opi-
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naba que deberían adoptarse medidas prudentes, dejando al tiempo el convencimiento de los ex- traviados^ que al fin llegarían a decidirse porta organización del país.
El señor José Francisco Ugarteche observó que no existían documentos que comprobasen lo aseverado por Gómez respecto de la aceptación de la ley por l^is demás provincias; y Gómez le con- testó que estaban publicados, aunque no existiesen en el Congreso.
Ugarteche (^3) replicó, que él no estaba á lo que decían los periódicos sino á lo que constaba de documentos oficiales; que Córdoba, al rechazar la ley usaba de un derecho que le daba la de 23 de enero de 1825, que era un pacto de uruón entre las provincias; que aquella correspondía al orden constitucional, y que ésta otorgaba la facultad á las prO\Tncias de aceptar ó rechazar la Constitu- ción; que calificar de antisocial el proceder de la junta de Córdoba, era encender la tea de la dis- cordia, alejar la consolidación del orden público y hacer revivir el espíritu de provincialismo emanado de la bárbara política española. ¿Y á qué provincia se le agi'avia?", agi-egó. "A la pro-
(13) Ugarteche era una personalidad descollante del partido federal. El doctor Vicente F. López trae estas palabras que pronunció en la legislatura provincial en momentos en que Bi- vadavia subía á 1» presidencia de la república: «Los unitarios han escalado el poder; pero nos han colocado también en una situación aciaga, porque para gobernar á su placer hacen una revolución criminosa, y tienen que llevarse por delante las leyes y los fueros de nuestra provincia, que estaban sacramentados y garantidos por el mismo Congreso. Está bien: ; que Dios se las depare buenas! t ^^ JT. de ¡a R. A.j tomo 9.°, pág. 671.
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vincia de Córdoba, que dijo: ahí está más del con- tingente que se me pide; y no solamente irá ese, sino que iremos todos, si las circunstancias lo exi- gen". Terminó diciendo que la comisión no era consecuente en sus conclusiones; que si creía que Córdoba adoptaba una actitud anárquica, era me- nester revestirse de coraje y afrontar la situación proponiendo medidas represivas y radicales.
El señor Gómez rectificó, declarando que el dictado de antisocial no era aplicable á la provin- cia de Córdoba, que no había producido el acto, sino á la Junta que pretendía su representación.
El señor José Francisco Acosta creía que la ley de 23 de enero daba derecho á las provincias para aceptar ó no la Constitución; pero que la qne creaba la presidencia permanente no ora la Cons- titución, extralimitándose por consiguiente en el caso la Junta de Córdoba.
El señor Juan Josó Paso opinó que, aun su- poniendo que Córdoba tuviese derecho para pro- nunciarse en el sentido que lo había hecho, el acto sería verdaderamente anárquico y antisocial des- pués de cuatro meses de silencio, cuando tácita- mente el P. Ejecutivo creado estaba reconocido por las demás provincias, y en relaciones oficiales con él; pues tendía á provocar una resistencia funesta para el orden y la concordia, en circunstancias tristes y de peligro para el país, cuando so encon- traba empeñado en lucha con un imperio vecino y poderoso, pretendiéndose dejar á la nación sin una cabeza que dirigiera la resistencia y las operacio- nes de la guerra.
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El señor Manuel Donego manifestó su con- formidad con lo hecho por la Junta de Córdoba, y contestando al señor Paso dijo, que la eliminación del Presidente creado por la ley protestada no im- plicaba dejar al país sin cabeza, porque podía con- tinuar ejerciendo las funciones del P. E, N., con el mismo acierfo que antes, el gobernador de Bue- nos Aii'as. '^Yo no sé (agregó) en qué clase de constitución el nombramiento del P. E., las calida- des de que él debe ser revestido, y el modo como deba ser hecho, no entran como una parte de la organización de la constitución.... Es monstruoso elegir un P. E. antes de dar la constitución, y fi- jarle un término: esto es lo que ha alarmado á la provincia de Córdoba.'' Se extendió el señor Bor- rego en consideraciones sobre la inexactitud del sometimiento de otras provincias á la ley, sobre la inconveniencia de crear un P. E. permanente en momentos en que debía tentarse la organización nacional con cautela y mucho tino, por el mismo estado del país con relación á su política exterior é interna, y concluyó así: "La provincia de Cór- doba no ha faltado á su deber, y la provincia de Córdoba se ve injuriada!.... ¿Por qué, pues, se dice que es un paso antisocial un acto de esta natura- leza? Acaso será un acto antisocial el que cometió el Congreso!"
El señor Manuel Bonifacio Gallardo habló ex- tensamente, sosteniendo estas proposiciones: "El Congi'oso no es más que la suma de voluntades de las provincias. Ellas han formado el pacto de aso- ciación, y nosotros estamos aquí bajo ese pacto-: y
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los que hayan resistido no tiefien derecho á per- manecer en este sitio. ^^
Esta doctrina sirvió á Bustos, como á otros gobernadores, para retirar del Congreso sus dipu- tados.
El señor Gorriti opinaba que lo que debiera hacerse era evitar los males que podían sobrevenir, y no volver sobre lo hecho ya, que no tenía re- medio; (jue al sancionarse la ley de creación del Ejecutivo permanente, él estuvo por que se consul- tara primero á las provincias, creyéndola uua ley de orden constitucional, y fué vencido; pero que en la actualidad no era patriótico recordar lo pasado, dando ocasión á recriminaciones, exacerbando los espíritus y empeorando las cosas; que el dictamen de la comisión no entraba á averiguar el derecho con que la provincia do Córdoba hubiera proce- dido al observar la ley de G de febrero, dejando al tiempo el fallo respectivo.
El señor Lucio Mansilla convino con el señor (forriti; poro hizo notar las dificultados que traería para las relaciones oficíalos entre el Congi'eso y el gobierno de Córdoba el desconocimiento del P. Ejecutivo Nacional, por medio del cual se trans- mitían las leyes y demás disposiciones de aquel.
Los diputados por Córdoba Lozano y Portillo se pronunciaron en favor del proyecto; pretendiendo el último, en un largo discurso, c^ue la junta de su provincia había procedido como se veía creyéndose autorizada por la loy de 23 de eneio que compar- tía entre el Congreso y los Estados la sanción de las leyes de orden constitucional. Con respecto á
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las diversas interpretaciones de la ley citada, dijo: "No hay un jurisconsulto que no esté dividido so- bre el principio do la ley: unos con Bentham y otros con Filangieri. Pero el famoso y celebóm- mo Velarde es digno de que le veamos todos en aquel gran discurso escrito, sobre que el amor os el origen de todos los bienes: el amor es el que desea la mejora del bien en las leyes. Y ¿cuál es la mejora del bien? Corrigiendo y enmendando, muchas veces según las circunstancias exigen." Sostuvo que el Congi-eso había podido dictar la ley de 6 de febrero de 1826, conígiendo la de 23 do enero de 1825, apremiado por las circunstancias, en presencia de una guena internacional, que deman- daba la existencia de un poder fuerte que tuviera los elementos necasarios para contener y contrarres- tar al enemigo; que la comisión procedía con pru- dencia, de acuerdo con el principio de Velarde, sin innovar nada, mas sin agredir tampoco.
Se siguió un incidente entre los diputados Cas- tro (Marcos) y Gallardo, por haber dicho éste que no sería lógico que permanecieran en el Congreso los diputados de Córdoba, si se aceptaban las teo- rías sustentadas por la Junta.
Castro decía que pretendía echarse á los re- presentantes de Córdoba del seno del Congreso; y Gallardo sostenía que no todos los de aquella provincia pensarían como Castro, sino ól y algún otro que estarían con las ideas de la Junta. (^^)
(14) Diario de Sesiones, etc., números 169 y 170.
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El dictamen do la comisión fuó aprobado por gran mayoría, ol 28 do julio.
El 21 de agosto, en la misma sesión en que se oceptaron los poderes del diputado Jerónimo Sal- guero, otro diputado por Córdoba, ol doctor Porti- llo, presentó una comunicación del gobernador Bus- tos en que lo avisaba que la Sala lo había decla- rado cesante. Esto ocasionó una extraña intromi- sión del ministro Agüero en el debate. Dijo que era extravagante y ridículo que la Junta de Cór- doba eligiese representantes á un Congreso cuyas resoluciones desconocía y desacataba, poro que no sería justo castigar á la provincia rechazándolos por las faUas de su gobernante. "Es sabido,'* concluyó, "que el gobernador de Córdoba, de mucho tiempo atrás, ese gobernador, que es preciso hoy recordarlo, que después de haber concluido por la ley ól se ha abrogado el mando, lo ha arrebatado, echando de su puesto al que por la voluntad de la provincia había sido nombrado legítimamente para que le sucediese: ese gobernador que tantas veces ha di- suelto la representación de Córdoba, cuando siempre ella había sido nombrada á su voluntad y á su
arbitrio La Junta de Córdoba, tal cual está
ella dirigida, imperada por Bustos, ha nombrado diputados al Congreso: ol Congi'oso debe recibirlos, en la inteligencia de que nO será extraño suceda lo mismo que con los (pie ól. Bustos, ha nombrado ó hecho nombrar y luego los ha retirado sus po- deres. Así, los mismos que hoy nombra, si son hom- bres de razón, han de ser víctimas del mismo ca- pricho."
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La comisión á cuyo estudio pasó el asunto de la remoción de los diputados, se expidió con este proj^ecto: "Artículo 1.® — No pudiendo el Congreso Nacional ser por mfs tiempo indiferente á los di- versos y repetidos actos con que la Junta de Re- presentantes de la provincia de Córdoba, traspa- sando escandalosamente la línea de sus facultades, ha pretendido subordinar á su sanción las leyes generales dictadas con arreglo al artículo 4"* de la de 23 de enero de 1825; ni menos al atentario pro- cedimiento de haber rechazado la de 15 de abril del presente año y ordenado el cese de los señores diputados por aquella provincia D. José Eugenio del Portillo, D. Eduardo Pérez Bulnes, D. Elias Bedoj^a, D. Salvador Maldonado y D. Miguel Vi- Uanueva, en el cargo de representantes nacionales: se declara esta resolución ilegal y refractaria de la citada ley, que en consecuencia no les obsta en manera algoma al libre y expedito ejercicio de sus funciones en el Congreso. 2.^ Comuniqúese esta resolución, ó igualmente al señor Presidente de la República para su inteligencia.''
Lo fundó el doctor Manuel Antonio Castro, la- mentando los males que habían traído al país el desorden y la anarquía; y afirmando que la reu- nión del Congi^eso era la obra de todos, gobernan- tes y gobernados, basada en la experiencia de las grandes desgi-acias y suftímientos de la patria, de- dujo que nadie, ningún hombre, por poderoso que se considerase, tenía el derecho de destniirla. Veía en el Congi-eso el vínculo de unión y confraterni- dad común, superior á intereses ó ambiciones pei'so-
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nales, de facción ó de localidad. La facultad otor- gada por la ley de 23 de enero de 1825 á las provincias para gobernarse por sus propias institu- ciones hasta la sanción de la Constitución, no im- plicaba de ninguna manera la de rever las leyes del Congreso, porque esto hubiera sido crear el germen de su muerte y de su disolución. Aquella ley fuó una liberalidad, inconveniente, sin duda, por el resultado y por la situación de las provincias. En- tre éstas, la que más se había distinguido por su tenacidad y empeño en observar, corregir y anu- lar la acción del poder legislativo do la nación, había sido la de Córdoba, mejor dicho, su gobier- no, que había rechazado la ley de creación del P. E. permanente, la de capital, y la que se refería á las calidades y á la remoción de los diputados; que á pesar de esto último, y confirmando su desco- nocimiento, acababa de declarar cesantes á varios de sus representantes, siendo esto, por la natura- leza del hecho y la expresa voluntad del cuerpo representativo nacional, facultad privativa del mis- mo; que semejante proceder era escandaloso y aten- tatorio al pacto social en que Córdoba había entrado solemnemente con los demás pueblos de la unión. La Legislatura no podía racionalmente fundarse en la ley de 23 de enero, que sólo la autorizaba para obrar dentro de la órbita jurisdiccional propia, sin invadir atribuciones que coiTospondían á todas las provincias juntas. Concluyó de este modo: "Si cada junta provincial se erige en juez de la re- presentación nacional para censurar sus delibera- ciones; si ha de calificarlas para obedecerlas: ¿en
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dóndo, en qué punto legal, en qué centro de uni- dad encontraremos la unión y la unidad nacio- nal? Sírvale el Congi-eso advertir que este ejem- plo es una completa disidencia ó infracción de esa misma ley que ha querido citar la junta de Córdoba, y que se hace en las circunstancias más difíciles en que puede hallarae el país, cuando nunca es más necesaria la obediencia y cuando nunca debieran brillar más las autoridades nacionales para contraiTestar una guerra en la cual está compro- metido el honor, la integridad y la existencia de la Nación."
Los diputados por Córdoba señores Etura y Marcos Castro, sostuvieron el derecho con que la Junta había desechado las leyes nacionales que se habían citado, como asimismo el de remover á los diputados. Dijeron que era feícultativo del repre- sentado el retirar cuando le pareciera los poderes á su representante. El señor Etura se expresó así: "Un cuerpo legislativo no puede abrogarse la fa- cultad de remover á un procm-ador, bien sea ad litenij ó bien ad negolia^ cuando éste no ha lle- nado los deberes que su comitente le ha confiado. Una cosa es diputado por la provincia de Córdoba al Congreso Nacional, y otra es ser diputado na- cional. Los diputados de las pro\áncias serán na- cionales en su objeto, pero no lo serán en su ori- gen, de donde emanan y de donde dependen." Y terminó proponiendo qvie se mandase una comisión á Córdoba á entenderse con sus autoridades.
El señor Marcos Castro creía que la provincia de Córdoba había rechazado esas leyes con el mis-
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mo derecho con que otras las habían aceptado, y que para ser consecuentes los que sacaban argu- mentos de tal aceptación, debían reconocer que aquella Junta no había ultrapasado sus facultades; y que asimismo, habiendo aceptado la remoción que hizo la junta de Mendoza del diputado Villanuova, y la de Santiago del diputado Garol, estaban en el deber, por buena lógica, de aceptar al presente la de los diputados de Córdoba. Concluyó con esta peregrina ocun'encia: "El Congreso no dicta leyes para que desde el momento que salgan del Con- greso deban ser obedecidas inmediatamente: no, se- ñores, es una equivocación redonda. El Congi'cso sanciona leyes para que las proxincias las adopten si gustan, y si no, no las adoptarán, si pugnan con sus instituciones y con sus intereses. ¿Y qué extraño es que así suceda? A mi juicio el Congreso no es otra cosa que una comisión de negocios constitu- cionales, para que poniendo el plan de las pro- vincias, ellas lo deroguen ó lo alteren, lo resistan, ó hagan lo que les parezca.''
Estas eran las ideas de Bustos, que enviaba tales diputados en los instantes mismos en que re- chazaba las leyes del Congreso.
El señor Jerónimo Rosas, contestando el ar- gumento, al parecer fuerte, de que el Congreso había aceptado las remociones de Villanueva y Carol, recordó que ellas se efectuaron antes de sancionada la ley del 15 de abril, y cuando las provincias pagaban la dieta de sus diputados, ha- biendo la de Mendoza, sólo por razón de economía, suprimido uno de sus dos representantes.
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Salguero, como era natural, aportó también su contingente á la causa de su gobernador. Dijo que las provincias se habían asociado por un pacto solemne, comprometiéndose á reconocer la autori- dad del Congreso, per^o reservándose cada lum de ellaSj y todas, la revisión de las leyes nacionales^ con el objeto de mantener sus instituciones locales^ rechazándolas si estaban en contradicción con éstas.
El proyecto fué sancionado. En la discusión particular* tomaron parte en favor Vélez Sái-sfield, Gómez, Paso, el Dr. Pedro Somellera, Acosta y el deán Zav^aleta, y en contra Dorrego, D, Pedro Feliciano Cavia, Ugarteche, D. José Galisteo y D. Vicente Mena.
Inmediatamente Castro, Etm-a y Salguero anun- ciai'on que se retiraban en cumplimiento de sus ins- trucciones. (i^)
Arguello había renunciado antes, y Galán (fe- deral) no asistía desde un mes atrás, ni asistió más. De los diputados de Córdoba, quedaron, pues, so- lamente en el Congreso Portillo, Lozano, Villa- nueva, Maldonado, Bulnes y Bedoya, desde el 9 de setiembre hasta su disolución en agosto del año siguiente.
Los diputados separados regresaron á Córdoba y dieron cuenta á la Legislatura de lo ocunído. Esta ratificó su desconocimiento de las leyes del Congreso, declaró fuera de él á la provincia, ordenó
(15} Diaiño de Sesiones, números 187 á 191.
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al Gobernador quo levantara tropas para proteger al opr unido en Las demás provincias^ y le encargó ponerse de acuerdo C07i el Libertador Simó?i Bo- lívar por medio de un enviado especial. (1^)
La rebelión no podía presentarse en forma más típica, ni podía dejar de contar entre sus adep- tos al más caracterizado rebelde, D. Juan Pablo Bulnos.
Quince individuos, que componían la Legisla- tura, no podrían uniformarse tan fácilmente como cinco, sobre todo, si éstos eran del temple* de Bulnes.
Ti'cs días después de sancionado lo que se ha dicho, la Legislatura so declaró en receso, dejando para que funcionara durante él, en representación suya, CON PLENITUD DE FACULTADES, una comisión general permanente con D. Juan Pablo Bulnes á la cabeza.
Esta comisión, munida de semejante poder subsistió más do cinco meses: la componían Bul- nes (presidente), 1). Diego de la Riva, D. Julián Gil, D. Fernando Floros v D. llafael Galán. San- cionaba con fuerza de ley, derogaba leyes exis- tentes, trataba con comisionados de las autoridades nacionales, daba manitiostos á nombre de la pro- vincia, y hasta enniendaba la plana en sentencias judiciales. Prohibió la extracción de oro y plata; mandó que el arancel eclesiástico so entendiera en un punto como ella lo entendía, y quo el trata-
(16) Archh^o de ¡a Lf-ginJuturn, libro *ó^ de actns, seaión del 2 de octubre de 182(j. CompUación^ tono. 1*, págs. 35 y 36, 2* edición.
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miento al Superior Tribunal fttera do Excelencia en vez do Señoría; habilitó á los gi-aduados en derecho para el ejercicio de la abogacía, y permitió la defensa en causa propia sin firma de letrado; autorizó al Ejecutivo para contraer un empréstito con el objeto de costeaf las tropas que debía le- vantar para combatir al absolutismo; rechazó la Constitución Nacional que el Congi-eso presentó á la provincia por medio de uno de sus más emi- nentes diputados; y en sesión secreta dictó este significativo decreto: "Queda suspendida la segui-i- dad individual, por el término de dos meses; y se faculta al P. Ejecutivo para que tome las medidas que le parezca mejor convenir para salvar el país y mantener su tranquilidad." i^V
La facción de Bustos había mermado conside- rablemente, debido á las arbitrariedades del gobierno y á la peligrosa actitud (jue había asvmiido frente al poder nacional, (i^)
El descontento público alarmaba á los oficia- listas, y la gente mejor conceptuada y más pacífica era vigilada de noche y de día por los agentes de policía. El estado de ánimo do los adherentes á la situación está revelado por la medida de suspender las garantías constitucionales.
En tales circunstancias llegó el canónigo doctor Juan Ignacio Gorriti con las comunicaciones del
(17) Archivo de la Legislatura j libro 3® de actas.
(18) May bien dico el Dr. López: «Díaz, Fragueiro, Allende, Bravo, etc., estaban aliora convertidos on acérrimos uuitarioá, que no cesaban de implorar que se les redimii^e del yago que ellos miamos habían autorizado.... »—^. d3 la I¿, J.., tom.9, pág. 393.
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Congreso. Permítasenos adelantarnos al tiempo á que debiéramos precisar la nairación, á fin de no interrumpir el desenvolv^imionto do sucesos referen- tes á una sola materia, y que no os posible retazar sin perjuicio do la claridad.
El 12 de enero de 1827 se presentó Gorriti ante la comisión legislativa permanente, con la nota del Presidente del Congreso á la cual acompañaba la constitución. Bustes lo remitió otra nota pre- sentando al comisionado. Esto hizo en seguida "una alocución (dice el acta) en que recomendó al- tamente la sabiduría y liberalidad de principios sobre que estaba afianzada la Constitución, y las ventajas